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Hoy inicia conciliación extrajudicial obligatoria en Maynas


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Hoy  miércoles  tres  del mes de abril de 2013, empieza a regir la conciliación  extrajudicial   con carácter obligatoria en el  Distrito Conciliatorio de Maynas,  que  comprende  a la Provincia Maynas,  del departamento de Loreto, cabe  precisar  que la  conciliación  extrajudicial esta  regulada  por Ley Nº 26872- Ley de Conciliación Extrajudicial, modificado por  Decreto Legislativo Nº 1070, Reglamento- Decreto Supremo Nº 014-2008-JUS y su modificatoria, Decreto Supremo Nº 006-2010-JUS.

A partir de hoy, en los trece distritos de la Provincia de Maynas:  Iquitos, Alto Nanay, Fernando Lores, Indiana, Las Amazonas, Mazán, Napo, Punchana, Putumayo, Torres Causana, Belén, San Juan Bautista, Teniente Manuel Clavero,  es  obligatoria  la  conciliación  extrajudicial, lo  que  determina   que  toda  persona  natural, jurídica o patrimonio  autónomo  al   surgimiento de  un conflicto,   antes de iniciar un proceso judicial,  en  materia  civil y  comercial,  tiene   la obligación de intentar solucionar su  conflicto ante un  Centro de  Conciliación  debidamente  autorizado por el  Ministerio de Justicia y de llegar a un  acuerdo  se    evita    un proceso  judicial y  gastos  innecesarios   de  dinero y  tiempo.

El solicitante, que  luego pasa a ser demandante  en sede judicial, de no  iniciar o no asistir a  la audiencia de  conciliación ante un Centro de  Conciliación será  sancionado, con la declaración  de improcedencia de  su demanda por  falta   de interés para  obrar.

El  invitado, que luego pasa a ser  demandado en sede  judicial,  en caso de no  asistir a la audiencia de  conciliación será  sancionado de  la  siguiente  manera:

•  Imposibilidad de reconvenir.
• Presunción legal relativa de verdad de los hechos expuestos en el acta de conciliación extrajudicial.
•  Multa de 2 a 10 URP.
Cabe  precisar   que de lograrse  un  acuerdo,  el  Centro de   conciliación expide un acta de  conciliación por  acuerdo total,  que  tiene la calidad de titulo ejecutivo, con lo  cual se  pone  fin  al  conflicto y se evita un proceso  judicial y  en caso de incumplirse  el  acuerdo, se recurre  al Juez  únicamente para ejecutar  el acuerdo.

Asimismo, la  conciliación  también puede utilizarse para evitar la sentencia dentro de  un proceso judicial, ya  que  los litigantes    pueden   acudir a un  Centro de  Conciliación  para  ponerse de acuerdo  y posteriormente presentar el acta del  acuerdo  al Juez del proceso  judicial, quien  declarará  concluido el proceso  judicial, con la   calidad  de  cosa  juzgada.

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