Los requisitos para crear un Centro de Conciliación en Perú están contemplados en el articulo 47 delDecreto Supremo Nº 014-2008-JUS y son los siguientes:
1. CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN REGISTROS PÚBLICOS O DOCUMENTO EN EL QUE CONSTE
2. ESTATUTO O DOCUMENTO DE
3. ACTA DE ASAMBLEA DE ASOCIADOS o el documento de similar rango ( en Copia autenticada por el fedatario del MINJUS o legalizada por Notario Público), en el CONSTEN LOS SIGUIENTES ACUERDOS :
- Constitución del Centro de Conciliación, en la deberá adoptarse la denominación, y de ser el caso la abreviatura;
- Funciones del Centro de Conciliación, la designación de cargos directivos, forma de elección y periodo de ejercicio en el cargo
- Nombre del representante legal o el más alto cargo directivo de la persona jurídica
- Aprobación del Reglamento del Centro de Conciliación, de acuerdo al formato tipo aprobado por el Ministerio de Justicia.
4. REGLAMENTO DEL CENTRO DE CONCILIACION.- Un ejemplar en original del Reglamento del Centro de Conciliación de acuerdo al formato tipo aprobado por el Ministerio de Justicia.
5. HORARIO DE ATENCIÓN debidamente suscrito por el Representante Legal.
6. DECLARACIONES JURADAS SIMPLES:
Declaraciones juradas simples de los Directivos, Conciliadores y Abogado del Centro de Conciliación de :
- Carecer de antecedentes penales,
- Carecer de antecedentes policiales,
- Carecer de antecedentes Judiciales
7. DOS CONCILIADORES.-
- La relación de 02 conciliadores básicos como mínimo, debidamente acreditados por el Ministerio de Justicia.
- Un conciliador en materia especializada, debidamente acreditados por el Ministerio de Justicia.
8. DOS ABOGADOS.-
La relación de 02 abogados verificadores de la legalidad de los acuerdos.
9. COPIA SIMPLE DEL DIPLOMA DEL TÍTULO PROFESIONAL DE ABOGADO Y DEL CARNÉ DEL ABOGADO, que verificará
10. CERTIFICADO DE HABILITACIÓN DEL ABOGADO expedido por el Colegio de Abogados al cual se encuentre inscrito.
11. COPIAS SIMPLES DE LOS DOCUMENTOS DE IDENTIDAD de los integrantes del Centro de Conciliación.
12. REGISTRO DE FIRMAS Y SELLOS.-
Registros de firmas y sellos que utilizarán en el ejercicio de sus funciones, los integrantes del centro de conciliación, así como sello de expedición de copias certificadas de actas de conciliación.
13. LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO MUNICIPAL.-
Licencia de funcionamiento municipal, otorgado por
14. DE
El Centro de Conciliación requiere 7 ambientes y son los siguiente:
- 01 SALA DE ESPERA Y RECEPCIÓN
- 01 OFICINA ADMINISTRATIVA
- 01 SERVICIO HIGIÉNICO ubicado al interior de las instalaciones
- 02 SALAS DE AUDIENCIAS cuyas dimensiones serán de (03) tres metros de ancho y (03) tres metros de largo aproximadamente.
- 01 OFICINA POR CADA CONCILIADOR que permanezca en el horario de atención del Centro
- 01 OFICINA PARA EL ABOGADO VERIFICADOR DE
- Plano de ubicación y distribución simples de las instalaciones del Centro de Conciliación.
Hola quería preguntarle bajo que forma jurídica se encuentran los centros de conciliación.
ResponderEliminarun cordial saludo
Asociación sin fines de lucro
EliminarTiene que ser una persona juridica sin fines de lucro como una Asociaci{on
ResponderEliminarDe igual manera para centros de arbitraje?
EliminarEn tal caso que se debería hacer para constituir un centro de arbitraje
Buen día,Tengo una consulta sobre como aperturar un centro de conciliación.
ResponderEliminarEn el Ministerio de Justicia me dijeron que la constitución de asociación civil sin fines de lucro lo tenia que hacer en Registros Públicos sin ir al Notario y cuando fui a Registros públicos me dijeron que tengo que ir al Notario con la minuta y constituirla ahí y después ir a Registros Públicos para inscribir la Asociación.
Quisiera saber en realidad que debo hacer para poder constituir la asociación para poder formar un centro de conciliación lo mas antes posible, ya que estoy alquilando un local y debo asumir esos gastos.
Muchas gracias por su atención, espero sus comentarios.
Buen día, tengo una consulta sobre como aperturar un centro de conciliación.
ResponderEliminarEn el Ministerio de Justicia me dijeron que la constitución de asociación civil sin fines de lucro lo tenia que hacer en Registros Públicos sin ir al Notario y cuando fui a Registros públicos me dijeron que tengo que ir al Notario con la minuta y constituirla ahí y después ir a Registros Públicos para inscribir la Asociación.
Quisiera saber en realidad que debo hacer para poder constituir la asociación para poder formar un centro de conciliación lo mas antes posible, ya que estoy alquilando un local y debo asumir esos gastos.
Muchas gracias por su atención, espero sus comentarios.
Tengo una consulta sobre como aperturar un centro de conciliación.
ResponderEliminarEn el Ministerio de Justicia me dijeron que la constitución de asociación civil sin fines de lucro lo tenia que hacer en Registros Públicos sin ir al Notario y cuando fui a Registros públicos me dijeron que tengo que ir al Notario con la minuta y constituirla ahí y después ir a Registros Públicos para inscribir la Asociación.
Quisiera saber en realidad que debo hacer para poder constituir la asociación para poder formar un centro de conciliación lo mas antes posible, ya que estoy alquilando un local y debo asumir esos gastos.
Muchas gracias por su atención, espero sus comentarios.
Primero al notario luego a registros publicos notario verifica la minuta y registros lo inscribe
EliminarBuenos días. Una consulta, soy conciliadora y quiero aperturar un centro de conciliación privado, es decir no asociación, que persona jurídica me recomienda. Gracias.
ResponderEliminarTiene que tratarse sí o sí de una persona jurídica sin fines de lucro, como una asociación, fundación, etc.
EliminarBuenos días, y respecto al arbitraje??? Según tengo entendido es el mismo procedimiento verdad
ResponderEliminarSi
EliminarDisculpa llegaste a conformar tu centro de conciliacion privado?
ResponderEliminarDisculpen saben si en este año 2021 se puede conformar el centro?
ResponderEliminarSí se puede
EliminarBuenos dias disculpe quería consultarles lo siguiente.
ResponderEliminarSoy conciliador Extrajudicial i también soy conciliador especializado en Familia. Hace 2años fui acreditado como conciliador en un centro de conciliación en Arequipa resulta que nunca llegue a ejercer esta función. LA CONSULTA SERÍA QUE TRÁMITE TENDRIA QUE REALIZAR PARA NO SEGUIR PERTENECIENDO A ESTE CENTRO DE CONCILIACIÓN. EN OTROS TÉRMINOS DESEO DESVIMCULARME DE ESTE CENTRO DE CONCILIACIÓN PUES DESEO FORMAR UNO PROPIO
LES AGRADECERÉ MUCHO QUE ME AYUDEN EN ESTE TEMA ESTARE PENDIENTE DE SU RESPUESTA.
MUCHAS GRACIAS UN ABRAZO. PASEN BUEN DÍA
Revise el Reglamento de dicho centro de conciliación, allí se debería haber regulado la desvinculación de los conciliadores.
EliminarPresenta al centro de conciliación un escrito renunciando, ellos tienen la obligación de comunicar al MINJUSDH
EliminarEs necesario desvincularse del centro de conciliación para el cúal uno trabaja para formar un centro de conciliación nuevo?
EliminarNo
EliminarPRESENTA TU RENUNCIA AL CENTRO COMO CONCILIADOR ADSCRITO CON COPIA A LA DIRECCION DE MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCION DE CONFLICTOS -MINJUS
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ResponderEliminarwtf ?
EliminarBuenas tardes quiero abrir un centro de conciliación necesariamente deben ser 7 ambientes separados o se puede usar algunos con dos usos gracias
ResponderEliminarAhora se requiere 4 ambientes
EliminarBUENAS noches, y cuales serian esos 4 ambientes fundamentales.
EliminarAgradecería me respondan a mi correo emili1800@hotmail.com; gracias
ResponderEliminarQuisiera saber el contenido de la solicitud de apertura de un centro de conciliación dirigida al MINJUS, esto para la apertura de un centro de conciliación de una universidad privada, le agradezco mucho la respuesta, buen día.
ResponderEliminarEs como cualquier solicitud
EliminarBuenas tardes, deseo saber cuales son los costos respecto a los trámites que debo realizar para aperturar un centro de conciliación.
ResponderEliminarDeseo saber cuáles son los requisitos para el director de un centro de reconciliación
ResponderEliminarBuenas noches, al crear mi asociación, está puede realizar otras funciones aparte de la conciliación; como por ejemplo ,capacitación y otras formas de ayuda social.
ResponderEliminarSI
EliminarEl abogado verificador a la vez puede ser conciliador?
ResponderEliminarSI
EliminarDoctor buenas noches en mi reserva de nombre puedo poner CENTRO DE CONCILIACION Y ARBITRAJE? O SOLO CENTRO DE CONCILIACIÓN
ResponderEliminarBuenas tardes, quisiera saber si
ResponderEliminarusted realiza el servicio de la constitución de centro de conciliación. Gracias
DR. CONSULTA, CUANTAS SUCURSALES SE PUEDE REALIZAR CVON LOS CENTROS DE CONCILIACION
ResponderEliminarSI
EliminarY SE PUDE REALIZAR EN PROVINCIA
ResponderEliminarDR. SE PUEDE ABRIR SUCURSALES CON LA MISMA RAZON SOCIAL DEL CENTRO APERTURADO POR FAVOR RESPONDER.
ResponderEliminarNo
Eliminarbuenas noches Doctor, tambien se paga en sunat impuestos por abrir centro conciliacion??
ResponderEliminarNecesariamente tengo que asociarme con un abogado para formar un centro de conciliación extrajudicial? ,Si obtengo la habilitación como conciliador extrajudicial
ResponderEliminarEstimado Rafael previo saludo si podría proporcionarme su numero de celular?
ResponderEliminar989181765
EliminarBUENAS TARDES AL SOLICITAR LA APERTURA DEL CENTRO DE CONCILIACION TAMBIEN SE PUEDE INCLUIR EL ARBITRAJE O SON POR SEPARADO.
ResponderEliminarYA QUE LOS CONCILIADORES SON TAMBIEN ARBITROS EXTAJUDICIALES
Uno que no ejerce la profesión de abogado puede abrir un centro de conciliación?
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ResponderEliminarEste comentario ha sido eliminado por el autor.
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ResponderEliminarHola donde presento la documentación para formar mi centro de conciliacion y donde realizo el seguimiento gracias
ResponderEliminarhola buenas tardes, ya constitui mi asociacion de personeria juridica ahora que sigue porfavor
ResponderEliminarQuiero abrir mi centro de conciliación en la casa de mi padre pero pasa que no se hizo la división o sucesión intestada
ResponderEliminarSe puede lograr abrir ahi mismo , cuál será las desventajas.? Gracias