Los requisitos para crear un Centro de Conciliación en Perú están contemplados en el articulo 47 del Decreto Supremo Nº 014-2008-JUS y son los siguientes: 1. CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN REGISTROS PÚBLICOS O DOCUMENTO EN EL QUE CONSTE LA CREACIÓN DE LA PERSONA JURÍDICA DE DERECHO PÚBLICO O PRIVADA SIN FINES DE LUCRO , en copia autenticada por el fedatario del Ministerio de Justicia o legalizada por Notario Público. 2. ESTATUTO O DOCUMENTO DE LA PERSONA JURÍDICA que contenga entre sus fines el ejercicio de la FUNCION CONCILIADORA , en copia autenticada por el fedatario del Ministerio de Justicia o legalizada por Notario Público 3. ACTA DE ASAMBLEA DE ASOCIADOS o el documento de similar rango ( en Copia autenticada por el fedatario del MINJUS o legalizada por Notario Público), en el CONSTEN LOS SIGUIENTES ACUERDOS : Constitución del Centro de Conciliación, en la deberá adoptarse la ...