Recientemente el Ministerio de Justicia publico en su pagina web una serie de pregunta y respuestas relacionadas a la conciliación que pueden ser de gran utilidad para los operadores y usuarios de la conciliación en el Perú, las cuales las ponemos a vuestra disposición: 1. ¿Qué materias son conciliables? Son materia de conciliación las pretensiones determinadas o determinables que versen sobre derechos disponibles de las partes, como: a) Alimentos. b) Régimen de visitas. c) Tenencia. d) División y partición de bienes. e) Liquidación de la sociedad de gananciales. f) Obligación de dar suma de dinero. g) Obligación de dar, de hacer y no hacer. h) Desalojos por incumplimiento de contrato. i) Desalojo por precario. j) Desalojo por vencimiento de contrato. k) Desalojo por falta de pago. l) Indemnizaciones. m) Incumplimiento de contratos. n) Pago de alquileres. o) Entre otros que sean de libre disposición de las partes. 2. ¿Se puede conciliar la reducción o aumento de la pensión de alimentos...