Este lunes 30 de mayo de 2011, vence indefectiblemente el plazo que tienen los Centros de Conciliación para adecuar su Reglamento interno y su infraestructura ( ambientes), de acuerdo a las disposiciones del Reglamento de la Ley Nº 26872, y sus posteriores modificatorias. Los Centros de Conciliación que no se adecuen hasta el 30 de mayo del presente año, no podrán ejercer función conciliadora, es decir, los Centros de Conciliación no podrán admitir solicitudes de conciliación, designar conciliadores para un procedimiento conciliatorio, continuar el trámite de un procedimiento conciliatorio, celebrar audiencias de conciliación y expedir ...