El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos mediante Resolución Ministerial N° 70-2018- JUS del 5 de marzo de 2018, publicó el proyecto de reforma del Código Procesal Civil, por espacio de treinta días. El referido proyecto establece la no obligatoriedad de la conciliación extrajudicial previa al proceso judicial, facultativamente cualquiera de las partes puede acudir a la conciliación por acuerdo de partes cuando ya se encuentra iniciado el proceso judicial. E l artículo 324, plantea cambiar a facultativa la conciliación previa al proceso judicial a solicitud de una o ambas partes “La conciliación extrajudicial previa al proceso, no es exigible para la interposición y admisión de la demanda. Sin embargo, si una de las partes decide acudir previamente a la conciliación, puede hacerlo ante un centro de conciliación supervisado conforme a ley. Las partes pueden decidir en cualquier estado del ...