1. DISTRITO CONCILIATORIO DE TRUJILLO. La Conciliación Extrajudicial, es obligatoria en el Distrito Conciliatorio de Trujillo, a partir del día dos ( 02) del mes de noviembre del año 2000, así lo estableció el Decreto Supremo N° 007-2000-JUS. El Distrito Conciliatorio de Trujillo, está compuesto únicamente por la Provincia de Trujillo, del departamento de La Libertad, excluyéndose a las demás provincias del departamento de La Libertad. La competencia del Distrito Conciliatorio de Trujillo, se extiende a los once (11) distritos, de la Provincia de Trujillo, que se detallan a continuación: