Si, siempre que se respete el interés superior del niño. Definición.- Si en la tenencia única o Monoparental solo uno de los padres asume el cuidado y protección de sus hijos, por la tenencia compartida corresponde ha ambos padres el cuidado y protección de sus hijos, de esta manera gana el padre, madre y sobre todo los hijos pues nunca pierde el contacto directo con padre y madre. Es decir, es aquella Institución mediante el cual los hijos de padres separados viven de forma alterna con uno u otro de sus padres, ya sea por periodos largos o cortos, manteniéndose vivo el doble vínculo de parentabilidad, de manera que el hijo no percibe la separación de su padre o madre como en la tenenci...