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Mostrando entradas de febrero 22, 2010

LA REPRESENTACIÓN EN LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL

  Definición de la representación en la  conciliación. La  representación  es  aquella  institución   en  virtud del  cual  una  persona,  a  quien se denomina  represente inicia, concurre o celebra un acuerdo total o parcial  dentro de un procedimiento  conciliatorio en cautela de los intereses  de otra  persona a  quien se denomina representado, recayendo los efectos del acuerdo  conciliatorio arribado  sobre la persona del representado. CLASES DE REPRESENTACIÓN  EN LA  CONCILIACIÓN I.-REPRESENTACIÓN LEGAL  EN LA  CONCILIACIÓN La  representación legal emana de la ley, El  representante legal  es  aquella  persona capaz  que por imperio de la ley  representa a  otra   persona  natural o  jurídica  en un procedimiento  conciliatorio, se  diferencian las   siguientes...

Anexos de la solicitud de conciliación

Definición de  anexos: -  Es un  conjunto de   documentos    que  tienen  por  objetivo  acreditar   los  hechos   expuestos en la  solicitud de  conciliación  extrajudicial,  están establecidos expresamente  en el articulo 14 del  Decreto  Supremo 014-2008- JUS, Reglamento de la Ley de  Conciliación,  son los  siguientes: Copia simple del documento de identidad del solicitante y en su caso, del representante. En el caso de representantes legales , ·                 Copia notarialmente certificada del   documento donde conste el nombramiento debidamente   inscrito (Copia Literal) ·                 En el caso de padres menores de edad, cuando se trate de derechos de sus hijos, éstos se identificarán co...