AUTORA: PAOLA AEDO PERALTA- SERVICIOS DE MEDIACION- CHILE Para hablar de las atribuciones con las que cuenta un Mediador, se debe señalar primeramente que no actua como Juez, ni como examinador oral u arbitro, en consecuencia no tiene poder legal como para pronunciar sentencia y tampoco cumple el rol de Abogado de una de las partes en conflicto, ni actúa a favor de una de ellas en particular. Por el contrario el Mediador es un tercero neutral que ayuda a las partes en disputa a exponer y verbalizar sus problemas, en un ambiente extrajudicial, que garantice comodidad y reserva y con posibilidades de homologar los acuerdos logrados, en el Tribunal previo consentimiento o solicitud de las partes.