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Mostrando entradas de marzo 9, 2008

CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL DE ASOCIACIONES EN LA CONCILIACION EXTRAJUDICIAL

DEFINICIÓN. Tiene como objeto la realización de una convocatoria para una Asamblea o Junta de una Asociación Civil, ante la negativa del Presidente del Consejo Directivo de convocar a una asamblea general. REQUISITOS - Negativa del Presidente del Consejo Directivo de una Asociación a convocar a Asamblea General. - Solicitud por escrito de la décima parte de los Asociados hábiles no atendida o negada dentro de los 15 días de haber sido presentada, se realiza mediante una carta notarial. SUJETOS. SOLICITANTE. Personas que tengan la calidad de asociados equivalentes a la décima parte de los Asociados hábiles de la Asociación. INVITADO. Es aquella persona jurídica constituida como una Asociación. DOMICILIO. SOLICITANTE.- El lugar donde tiene su residencia habitual el solicitante. INVITADO. Se fija como domicilio del invitado el lugar donde se encuentre la Asociación. COMPETENCIA. Es competente el Centro de Conciliación donde la asociación tiene su sede principal. OBJETO DE LA SOLICITUD. C...