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Mostrando entradas de julio 7, 2013

DIRECTIVA OSCE SOBRE CONCILIACIÓN EN SUBASTA INVERSA

Si  las  controversias  estuvieran  referidas   a la  adecuación  que  debe  existir  entre  las  características  del bien  entregado  y/o servicio  prestado  por el contratista a la  entidad  y  las  especificaciones  técnicas  o términos  de referencia  contenidos  en la ficha  técnica respectiva,  las  partes  podrán   conciliar  en  función  al  dictamen  pericial   que emita     el perito  designado  de   común acuerdo  por  ellas.