Con la dación del Decreto Supremo 350-2015-EF, que aprueba el Reglamento de la LCE, se ha terminado por dibujar el mapa de conciliación extrajudicial en materia de contratación pública, que se utilizará en las controversias que surjan entre Entidades del Estado y Contratista, en los procesos de selección, convocados, a partir de la vigencia de la NLCE. DEFINICIÓN DE CONCILIACIÓN EN CONTRATACIONES DEL ESTADO La conciliación en la contratación pública, es aquel tipo de conciliación, en que una de las partes, es una Entidad del Estado y la otra parte, es un Contratista, realizada ante un Centro de Conciliación Extrajudicial, debidamente autorizado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, donde un tercero denominado Conciliador neutral, imparcial y especializado, ayuda a la Entidad y Contratista, a encontrar una solución mutuamente satisfactoria, respecto ...