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¿Se puede invitar a conciliar a una persona con domicilio en el extranjero?

Si,  siempre  que  tenga  un  apoderado  en el Perú y  se  encuentre  inscrito en los Registros Públicos, debiendo  contar con las  siguientes  facultades:
  •               Conciliar  extrajudicialmente.
  •                Disponer del derecho materia de  conciliación.
  •       Facultad para ser invitado  a un procedimiento de conciliación.

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