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Conclusiones del VII congreso Mundial de Mediación- Toluca 2011



F O R O S:
FORO DE FAMILIA

El trabajo realizado en el Foro ha sido excelente, dada la intervención de los expertos y   de los numerosos participantes, se han seleccionado los siguientes temas:
Síndrome de Alienación Parental (S.A.P.)
• Una de las preocupaciones presentadas ha sido el impedimento que sufren  algunos padres de contactar con sus hijos después de un divorcio. El trabajo  realizado por Ignacio Bolaños Cartujo, puede dar una solución a partir de la mediación para el abordaje de estas situaciones.
Mediación familiar y conciliación familiar
• Es necesario diferenciar ambas instituciones, y concretar los espacios de   aplicación de cada una de ellas.
Violencia en el noviazgo.
• Cada vez crece más la necesidad de abordad los conflictos de pareja desde el noviazgo derivado del ambiente de violencia que se vive en nuestras culturas.
• Un factor desencadenante de las interacciones violentas en la relación de noviazgo pueden ser  las diferentes formas de constitución  familiar que aparecen en nuestros tiempos.
• También se presentan conflictos entre la pareja de novios que conviven en la casa de los padres de uno de ellos.
Supervisión y contención del Mediador
Como en los Congresos anteriores se ha hecho hincapié en la necesidad de que los mediadores periódicamente puedan acudir a espacios  de contención, supervisión y/o terapéuticos así como también se les suministren técnicas de liberación de estrés y manejo de las propias emociones debido al agotamiento que se genera al estar los mediadores cotidianamente en contacto con la parte vivencial del conflicto. • Se considera que por lo anteriormente mencionado es deber de las instituciones:
a) No permitir la sobrecarga diaria de mediaciones.
b) Proveer de los recursos necesarios para la contención y supervisión a los mediadores para beneficio de ellos y de los mediados.
Capacitación de los mediadores familiares
La complejidad de los conflictos familiares y la singularidad de cada mediación requiere la
capacitación en los cuatro modelos de mediación: Asociativo, Harvard, Narrativo y
Transformador Capacitación especial de los mediadores familiares  para abordar casos con
Violencia Intrafamiliar.
• Se requiere que los mediadores en el ámbito familiar estén debidamente capacitados en el tema de violencia intrafamiliar y tengan la experiencia suficiente como mediadores para poder abordar los temas relacionados donde aparecen casos con violencia ( E. Cárdenas ).
• Se discute la importancia de visualizar la violencia desde el punto de vista interaccional, donde participan tanto la víctima como el victimario.
• Es necesario que los mediadores estén actualizados en técnicas y herramientas específicas para permitir un rápido diagnóstico y en algunos casos la conducción de las mediaciones.
Objetivos de la mediación familiar
La mediación familiar no sólo debe entenderse como  asistencia en resolución de conflictos, sino que también:
• genera aprendizaje en el manejo de los mismos, 
• facilita la prevención de futuros conflictos,
• y debería centrarse en la promoción de las interacciones y cualidades positivas, es decir en lo que sí funciona y ha sido operativo en el sistema familiar.

FORO DIALÉCTICO DE ESCUELA .

En la escuela se viven múltiples procesos de interacción interpersonal que conllevan la aparición de conflictos y que de ser mal gestionados,  pueden originar agresiones y violencia, sin embargo, hay numerosas experiencias en donde la mediación ha generado instancias de resolución de conflictos y mejorado la convivencia.
1. La mediación implementada en la escuela facilita cumplir su misión socializadora, en especial, considerando que la escuela de hoy se encuentra viviendo fuertes desafíos para cumplir con su rol de educar y formar ciudadanos donde hay una marcada tendencia a valores relativos y que nos muestran modelos de un marcado individualismo y sentido competitivo
2. Por lo valioso del aporte de la mediación en la  escuela se debe validar su implementación de forma transversal y concebirla como un contenido  de validez en todas las asignaturas. Se debe propiciar que sea un aprendizaje interactivo para la formación social de toda la comunidad educativa.
3. En la currícula se deben incorporar temas que apoyen el descubrimiento, desarrollo y potencial de las habilidades pro-sociales y las cualidades esenciales del ser en los alumnos y docentes.
4. El sistema educativo debe de incluir la mediación en todas sus etapas desde preescolar hasta universidad adaptando los contenidos acorde con el  nivel de desarrollo de los alumnos. 
5. Se considera necesario que los docentes de educación superior estén capacitados en mediación, con fin de propiciar una  inter relación con los alumnos de mayor vinculación.
6. Con el fin de que los programas de mediación aplicados en la escuela sean más efectivos, se sugiere que sean vividos por toda la comunidad educativa desde la etapa de sensibilización, difusión y diagnóstico.
7. Cada escuela debe implementar la mediación según su diagnóstico y contexto y en la detección de posibles mediadores se debe considerar  la creatividad de cada comunidad educativa, generando instancias externas al aula acorde a las etapas de desarrollo, tales como: campañas de valores, sobre la mediación, talleres de inducción y actividades de servicio social para la comunidad. 8. Los programas piloto de mediación deben cuidar que la evaluación de su desarrollo genere los resultados para su aplicación futura. 
9. Se deben promover  instancias para compartir las buenas prácticas de escuelas con mediación, de manera tal, que  permitan su irradiación y fortalecimiento en diferentes comunidades. Entre estas se sugiere la red de escuelas pacíficas, la realización de seminarios, jornadas y congresos de
mediación escolar.
10. La mediación debe ser una instancia complementaria a la figura del ombudsman para fortalecer una convivencia pacífica  en las comunidades educativas incluida la universidad. 
11. La implementación de los programas de mediación deben incluir a todos los integrantes de la comunidad educativa, alumnos, docente, personal administrativo y padres de familia. Sin embargo, si se capacita a  adultos y niños y luego de aplica la mediación como técnica de resolución de conflictos, se debe respetar el principio  referido a la igualdad de poderes de las partes.
12. Crear un consejo o red inter-escolar para revisar, atender y proteger los derechos humanos del docente y el alumno para prevenir conductas destructivas y conflictos.
13. Generar los convenios institucionales de los tres niveles de educación con el fin de atender integralmente temas con directrices  a la convivencia, la concordia y la sana integración social. 
14. Es necesario que la convivencia escolar pacifica se convierta en política pública para facilitar su aplicación global en las  escuelas. Esto genera la obtención de permisos para asistir a capacitaciones y el apoyo en recursos económicos para financiarla.
15. La mediación permite construir un clima asociativo en la escuela que conlleva un cambio de paradigma en las relaciones entre educandos y docentes. Esta convivencia escolar democrática hace germinar la concordia, la ayuda mutua y la responsabilidad compartida, facilitando el cambio social hacia la cultura de la paz. 

FORO MEDIACIÓN COMUNITARIA
• Es preciso humanizar y no institucionalizar la Mediación Comunitaria eso es   fomentar su desarrollo en la sociedad civil.
• Es necesaria la democratización de la Mediación Comunitaria  y esto supone
voluntad política.
• La democratización de la Mediación Comunitaria  permite llevar ésta a la comunidad y poder resolver los conflictos desde abajo y no sólo desde arriba.
• Las políticas públicas en Mediación no deben ser de mera fachada y deben asegurar la sostenibilidad de los programas.
• Aun así la Mediación Comunitaria debe también practicarse de manera voluntaria desde asociaciones, redes, comités de vecinos, apoyada desde lo político, coadyuvando esfuerzos.
• La Mediación Comunitaria  da un espacio a la exigencia social.
• La Mediación Comunitaria, próxima a la comunidad,  sí puede ayudar a la prevención del delito.
• Es fundamental desarrollar la Mediación Comunitaria  en los/as jóvenes y legitimar a éstos cuando son mediadores/as.
• La institucionalización y la legislación de la Mediación Comunitaria, de ninguna manera deben encorsetarla y quitarle su carácter flexible,  adaptable, abierto y horizontal.
• La Mediación Comunitaria  es un proceso social al 100%.

CONCLUSIONES DEL FORO MEDIACIÒN Y POLÌTICAS PÙBLICAS  DE PACIFICACIÒN SOCIAL

La Mediación  es un instrumento útil para el sistema de Seguridad Pública, como fórmula de pacificación  social,  ya que puede operar en la prevención del delito, siempre y cuando su aplicación sea general en todo el país,   pues su eficiencia requiere que sea contemplada como base de programas específicos en las políticas públicas. Además de los recursos materiales para instrumentar la mediación en los programas de prevención del delito, es necesario que su aplicación se reglamente legislativamente y se le apoye políticamente desde los órganos del Estado (Federales, Estatales y Municipales).
Deben identificarse las fases, momentos y circunstancias en que la mediación se aplicará como instrumento del Sistema, toda vez que puede operar  en la fase previa o después de cometido el delito o la conducta antisocial. Es así que puede operar en la familia, la escuela o la comunidad, pero también durante el procedimiento penal para menores o imputables, al igual que en la ejecución de las penas o medidas de seguridad.
Esto nos lleva a identificar y capacitar a mediadores especializados en cada una de las áreas en que deberán operar, pues ya no es suficiente ser y pensar como mediadores familiares, escolares o comunitarios, por ejemplo.  Es necesario que conozcan los problemas o disfunciones específicos que provocan delitos o conductas antisociales, para operar sobre ellos, conscientes de que estamos haciendo labor de prevención mientras los resolvemos. Operar sobre el hoy, pensando en el mañana.
Todos sabemos, o deberíamos saber que las disfunciones familiares, cualquiera que sea el tipo de familia, conducen, entre otras desviaciones, al alcoholismo, la drogadicción, pero también al delito. Sin embargo, cuando hacemos mediación en conflictos familiares, el mediador normalmente busca colaborar en su solución, ignorando que, en muchos casos, se está haciendo prevención del delito. Ahora se trata de identificar las disfunciones familiares que sirven de génesis a conductas antisociales (hijos extramatrimoniales, violencia intrafamiliar, malos  divorcios, síndrome de alienación parental, incumplimiento de obligaciones familiares y otros) para operar como mediadores pero con miras en  la prevención.  La escuela, órgano de socialización secundaria, no  está cumpliendo su función normativa. Apenas se ocupa de transmitir conocimientos formales, permite o incita la competencia entre los alumnos por muchas vías, lo que provoca conflictos, y ha perdido el oficio y entrega que caracterizó a tantos maestros antiguos, factores éstos que aunados a las disfunciones familiares y a la influencia criminógena del ambiente social, ha producido o agravado fenómenos tan preocupantes como el conocido  Bulling escolar, como una forma de violencia o persecución a cargo y en perjuicio de los mismos alumnos, así como presencia de armas y drogas, además de la falta de respeto por los maestros y autoridades escolares, entre otras conductas reprochables. Por eso resulta urgente, para evitar desviaciones en la personalidad de víctimas y victimarios, que se instrumente en forma institucional en todas las escuelas del país, incluyendo las privadas, la mediación entre pares, además de vigilancia especial y mediación o terapia familiar cuando la conducta del menor tenga este origen, porque esta es una forma de enfrentar el problema.
La comunidad, víctima, victimaria y gestora del delito en muchos casos, debe ser objeto de la mediación comunitaria, pero no solo para resolver problemas vecinales, sino como un programa de prevención del delito. Es algo, pero no suficiente, que la mediación comunitaria se realice en forma aislada en algunos municipios y que sus promotores sean Sindicaturas, Comisiones Municipales de Derechos Humanos, Policías de barrio, Comités de Participación Ciudadana o jueces de faltas. Es necesario que se organice institucionalmente, en todos los municipios del país, se otorguen recursos y se capacite  a mediadores pares, surgidos de la misma colectividad, sobre los conflictos humanos que generan delitos, para que operen con conocimiento el sistema de mediación comunitaria para la prevención del delito. 
Por lo que toca a los menores en conflicto con la ley penal, es necesario completar el proceso iniciado a raíz de la reforma constitucional del 12 de diciembre del año 2005 (en la República Mexicana), instituyendo con todos los  apoyos necesarios una mediación especializada oportuna, que opere en etapas tempranas (policial o Ministerial), a fin de evitar el etiquetamientos del menor y buscar, por vía de la justicia restaurativa, que sea éste el que repare el daño, para que se haga responsable de sus actos, y se comprometa ante sus víctimas a no reincidir. Este programa debe institucionalizarse en toda la república y responder a parámetros únicos, como una política de Estado en esta fase temprana de la criminalidad. La mediación penal en sede judicial, bajo el esquema de juicio acusatorio oral, debe ser profundamente especializada y cauta, pues independientemente de las bondades de este nuevo sistema procesal, las salidas alternas que contiene para evitar el desbordamiento de los juicios: principio de oportunidad; convenios reparatorios; suspensión del juicio a prueba y juicio abreviado, requieren, en diversos grados, de la aplicación de los métodos alternos, por lo que los mediadores deben conocer la estructura y dinámica de este procedimiento, así como de sus salidas, evitando ser utilizados para legitimar un sistema de posible impunidad, pues no basta la reparación del daño para extinguir la responsabilidad penal, es necesario el arrepentimiento del inculpado y la satisfacción de las muchas necesidades de la víctima, las que no se agotan en la indemnización del daño, ya que sólo se obtienen a través de la justicia restaurativa.
En materia penitenciaria, es necesario institucionalizar en todos los centros de internamiento del país, la mediación entre pares, no sólo para pacificarlos, sino también para restablecer los vínculos familiares del interno, ya que su familia es también víctima del delito, por lo que resulta interesante que a través de círculos o conferencias familiares se pacte, por vía de la mediación, que el reo se comprometa  a no volver a delinquir, para no ofender de nuevo a su familia, mientras que los miembros de ésta, prometen recibir y proteger al delincuente, una vez liberado, para que cumpla su promesa.

FORO: JUSTICIA Y PARTICIPACION CIUDADANA

• Se propone que los países implementen programas de mediación desde las etapas más tempranas a nivel escolar que fomenten el dialogo para poder prevenir y resolver conflictos y construir una cultura de paz desde la infancia. 
• A pesar de la evolución de los métodos alternativos a nivel mundial se considera  necesario continuar con la difusión de los mismos venciendo las resistencias  generadas por los operadores del sistema Judicial.  A tales fines se analizó la necesidad imperiosa de formación específica en RAD  de los abogados de la matrícula y funcionarios judiciales para poder ofrecer un mejor servicio, para ejercer una derivación responsable de los casos a los centros de mediación y
poder contribuir con el desempeño al cambio paradigmático y sumarse a  la cultura de paz.
• Sería  importante que los magistrados y funcionarios judiciales (y de otros Poderes) puedan sensibilizarse en el ejercicio de la actividad, a efectos de tener como objetivo más allá de su actuación como decisores en las causas en las que intervengan, la intención de generar espacios tanto de búsqueda de consenso para resolver la disputa como la actitud de abrir las puertas del Juzgado y permitirse brindar escucha y contención a quienes lo necesitan manteniendo su
neutralidad. En definitiva un cambio de paradigma de la función judicial. Este cambio es un  proceso y como tal no se deben apresurar los tiempos.  
• La palabra justicia y participación ciudadana pueden parecer conceptos complejos de compatibilizar. En realidad cuando hablamos de la posibilidad de que las partes en conflicto puedan buscar una solución, nos referimos no a la solución “judicial”, sino a la posibilidad de obtener una solución justa. 
• Esto conllevará para el ciudadano un acceso a la justicia en sentido amplio.
• Sería recomendable que los funcionarios Judiciales puedan capacitarse en técnicas de conciliación para conducir e intervenir en las audiencias de conciliación en sede judicial con método y herramientas fundamentados teóricamente y no de modo meramente intuitivo o en base al ensayo y error, como usualmente ha sido.
• También se analizó la necesidad de la presencia de los letrados en las audiencias en la búsqueda de igualdad de medios.
• Se encontró necesario la adaptación del marco normativo en diversos contextos para la aplicación y validez legal de diversos programas de resolución alternativa y/o Justicia Restaurativa
• Se propone el acercamiento a grupos vulnerables como las comunidades indígenas de todo el mundo, con el fin de establecer un intercambio cultural y en la medida que sea concordante con su cultura y primando el respeto sobre ellas, promover la utilización de procesos de diálogo y mediación para que puedan ser aplicados en sus comunidades.
• Es importante resaltar en los procesos de mediación y conciliación el protagonismo de las partes, pero que ello no resulte en la deslegitimación del rol de asesor legal del abogado.
• En cuanto al acceso a justicia en sentido amplio la implementación de las Casas de Justicia alejadas de los centros judiciales, brindan la posibilidad a la población que hoy no llega a plantear su problema en instancias judiciales para que pueda hacerlo en estas oficinas donde el ciudadano tiene una respuesta a su conflicto.


FORO DE ANÁLISIS DIALÉCTICO

MEDIACIÓN Y MARGENES DE APLICACIÓN
I. MEDIACIÓN EN ORGANIZACIONES DE SALUD
1. Al arbitraje médico y la conciliación para la solución de controversias en salud, hace necesario añadir el valor y las virtudes de la Mediación en Salud.
2. Antes de abrir un proceso judicial en salud, es imperioso propiciar un espacio para el dialogo asociativo, en donde los participantes sean capaces de vivir su dolor, y facilitar la conciencia de sus cualidades positivas.
3. Si queremos hacer sinergia con el propósito de   humanizar el ejercicio de la medicina, es preciso agregar a los currículos existentes de profesiones de la salud, la materia de mediación en sus elementos sustantivos.
4. Dentro de la educación médica continua del personal de salud en funciones, hace apremiante la incorporación del módulo de Mediación en Salud.

II. MEDIACIÓN EN CONFLICTOS INTERCULTURALES
1.  La mediación intercultural, se convierte en un enorme recurso para la resolución de tales conflictos y puede actuar como un puente para facilitar las relaciones a través del diálogo, promoviendo la integración entre personas y grupos pertenecientes a una o varias culturas, propiciando una mayor cohesión social. 
2. La Mediación Intercultural será el medio que restablezca la paz y la concordia, logrando una sociedad que respete las diferencias.
3. Las personas que compartimos este Foro de análisis dialectico, hablábamos varios idiomas y pertenecíamos a culturas diversas, sin embargo,  nos entendíamos perfectamente, por que empleamos el lenguaje del corazón, que fue más fuerte que la dificultad de la palabra. El mediador reconoce que las diferencias, cualquiera que sean, no impiden la comunicación entre las personas de buena voluntad.

III. MEDIACIÓN EN CONFLICTOS RELIGIOSOS

1. La religión es una forma de conducta que asumimos después de la adquisición de valores imprescindibles que nos habilitan a vivir con tolerancia, comprensión, sin prejuicios, sin fronteras, de raza, credo, color, iglesia o nacionalidad
2. No importa ser católicos, protestantes, evangélicos, judíos, etc, si las partes están de acuerdo, toda religión es herramienta buena en la mediación, si es la creencia de las partes. El mediador reconoce la importancia  de la espiritualidad para algunas personas como formadora de valores y que da sentido a la vida de las personas. 

IV. MEDIACIÓN PENITENCIARIA
1. La Mediación Penitenciaria para su incorporación se desarrolla en ambientes poco propicios para su implementación en una primera vista, una vez que se instala los resultados de aceptación son sorprendentes, como un modelo restaurativo y de pacificación de instituciones, por lo que se tendrán que redoblar esfuerzos para su difusión e implementación en Centros de Readaptación Social, a través de la multiplicación  de programas de Formadores de mediadores pacificadores pares.
2. En dichos Centros de Readaptación, habrá que implementar el desarrollo de habilidades  pro sociales elementales, tomando en cuenta el contexto donde se llevan a cabo.
3. Se requiere facilitar el incremento de la autoestima, el manejo de las emociones, que promuevan el desarrollo de habilidades sociales y emocionales, en lo interno con sus pares y en lo externo con sus familias.

V. JUSTICIA RESTAURATIVA
1. Saber y sentir, que su corazón es su guía, su instinto y que los conecta con los otros y sus emociones, es importante para el facilitador en Justicia Restaurativa.
2. Separar al delito de las personas, evitando estereotipos y no definir a las personas por sus delitos siendo víctima o victimario.
3. El facilitador  tendrá que trabajar sus propias  experiencias del trauma y sus propios duelos para que no se transfieran a las partes.
4. El perdón no se debe ver cómo meta en los procesos de justicia restaurativa, cada persona definirá sus propias metas y si busca el perdón que lo defina por sí misma.

PROPUESTAS GENERALES.
1. Realizar un concurso de ensayo sobre  temas inéditos referentes a mediación y justicia restaurativa con el objeto de promover la investigación sobre esta materia y de contar con una publicación anual que incorpore los trabajos seleccionados.
2. Realizar un concurso de video sobre mediación y  justicia restaurativa, con el objeto de difundir y promover como se utilizan estos métodos alternos para la solución de conflictos en la familia, la escuela, la comunidad, las cárceles, o cualquier otro ámbito de intervención en los diferentes países. 
3. Elaborar material didáctico a través de casos de mediación y de justicia restaurativa para niños y adultos.
4. Realizar programas de capacitación de mediación y de justicia restaurativa para los las cárceles de todos los países.
Toluca, Estado de México, 26 de Agosto de 2011.




Redactores responsables
Dr. Jorge Pesqueira Leal                 M. en D. Héctor Hernández Tirado
   Coordinador General                 Magistrado del Tribunal Superior de  
                               Justicia del Estado de México.

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