F O R O S:
FORO DE FAMILIA
El trabajo realizado en el Foro
ha sido excelente, dada la intervención de los expertos y de los numerosos participantes, se han
seleccionado los siguientes temas:
Síndrome de Alienación Parental
(S.A.P.)
• Una de las preocupaciones
presentadas ha sido el impedimento que sufren algunos padres de contactar con sus hijos
después de un divorcio. El trabajo realizado
por Ignacio Bolaños Cartujo, puede dar una solución a partir de la mediación
para el abordaje de estas situaciones.
Mediación familiar y conciliación familiar
• Es necesario diferenciar ambas
instituciones, y concretar los espacios de aplicación de cada una de ellas.
Violencia en el noviazgo.
• Cada vez crece más la necesidad
de abordad los conflictos de pareja desde el noviazgo derivado del ambiente de
violencia que se vive en nuestras culturas.
• Un factor desencadenante de las
interacciones violentas en la relación de noviazgo pueden ser las diferentes formas de constitución familiar que aparecen en nuestros tiempos.
• También se presentan conflictos
entre la pareja de novios que conviven en la casa de los padres de uno de
ellos.
Supervisión y contención del
Mediador
Como en los Congresos anteriores
se ha hecho hincapié en la necesidad de que los mediadores periódicamente
puedan acudir a espacios de contención,
supervisión y/o terapéuticos así como también se les suministren técnicas de
liberación de estrés y manejo de las propias emociones debido al agotamiento
que se genera al estar los mediadores cotidianamente en contacto con la parte
vivencial del conflicto. • Se considera que por lo anteriormente mencionado es
deber de las instituciones:
a) No permitir la sobrecarga
diaria de mediaciones.
b) Proveer de los recursos
necesarios para la contención y supervisión a los mediadores para beneficio de
ellos y de los mediados.
Capacitación de los mediadores
familiares
La complejidad de los conflictos
familiares y la singularidad de cada mediación requiere la
capacitación en los cuatro
modelos de mediación: Asociativo, Harvard, Narrativo y
Transformador Capacitación
especial de los mediadores familiares
para abordar casos con
Violencia Intrafamiliar.
• Se requiere que los mediadores
en el ámbito familiar estén debidamente capacitados en el tema de violencia
intrafamiliar y tengan la experiencia suficiente como mediadores para poder
abordar los temas relacionados donde aparecen casos con violencia ( E. Cárdenas
).
• Se discute la importancia de
visualizar la violencia desde el punto de vista interaccional, donde participan
tanto la víctima como el victimario.
• Es necesario que los mediadores
estén actualizados en técnicas y herramientas específicas para permitir un
rápido diagnóstico y en algunos casos la conducción de las mediaciones.
Objetivos de la mediación familiar
La mediación familiar no sólo
debe entenderse como asistencia en
resolución de conflictos, sino que también:
• genera aprendizaje en el manejo
de los mismos,
• facilita la prevención de
futuros conflictos,
• y debería centrarse en la
promoción de las interacciones y cualidades positivas, es decir en lo que sí
funciona y ha sido operativo en el sistema familiar.
FORO DIALÉCTICO DE ESCUELA .
En la escuela se viven múltiples
procesos de interacción interpersonal que conllevan la aparición de conflictos
y que de ser mal gestionados, pueden
originar agresiones y violencia, sin embargo, hay numerosas experiencias en
donde la mediación ha generado instancias de resolución de conflictos y
mejorado la convivencia.
1. La mediación implementada en
la escuela facilita cumplir su misión socializadora, en especial, considerando
que la escuela de hoy se encuentra viviendo fuertes desafíos para cumplir con
su rol de educar y formar ciudadanos donde hay una marcada tendencia a valores
relativos y que nos muestran modelos de un marcado individualismo y sentido
competitivo
2. Por lo valioso del aporte de
la mediación en la escuela se debe
validar su implementación de forma transversal y concebirla como un
contenido de validez en todas las
asignaturas. Se debe propiciar que sea un aprendizaje interactivo para la
formación social de toda la comunidad educativa.
3. En la currícula se deben
incorporar temas que apoyen el descubrimiento, desarrollo y potencial de las habilidades
pro-sociales y las cualidades esenciales del ser en los alumnos y docentes.
4. El sistema educativo debe de
incluir la mediación en todas sus etapas desde preescolar hasta universidad
adaptando los contenidos acorde con el
nivel de desarrollo de los alumnos.
5. Se considera necesario que los
docentes de educación superior estén capacitados en mediación, con fin de
propiciar una inter relación con los alumnos
de mayor vinculación.
6. Con el fin de que los
programas de mediación aplicados en la escuela sean más efectivos, se sugiere
que sean vividos por toda la comunidad educativa desde la etapa de
sensibilización, difusión y diagnóstico.
7. Cada escuela debe implementar
la mediación según su diagnóstico y contexto y en la detección de posibles
mediadores se debe considerar la
creatividad de cada comunidad educativa, generando instancias externas al aula
acorde a las etapas de desarrollo, tales como: campañas de valores, sobre la mediación,
talleres de inducción y actividades de servicio social para la comunidad. 8.
Los programas piloto de mediación deben cuidar que la evaluación de su desarrollo
genere los resultados para su aplicación futura.
9. Se deben promover instancias para compartir las buenas
prácticas de escuelas con mediación, de manera tal, que permitan su irradiación y fortalecimiento en
diferentes comunidades. Entre estas se sugiere la red de escuelas pacíficas, la
realización de seminarios, jornadas y congresos de
mediación escolar.
10. La mediación debe ser una
instancia complementaria a la figura del ombudsman para fortalecer una
convivencia pacífica en las comunidades educativas
incluida la universidad.
11. La implementación de los
programas de mediación deben incluir a todos los integrantes de la comunidad
educativa, alumnos, docente, personal administrativo y padres de familia. Sin
embargo, si se capacita a adultos y niños
y luego de aplica la mediación como técnica de resolución de conflictos, se
debe respetar el principio referido a la
igualdad de poderes de las partes.
12. Crear un consejo o red
inter-escolar para revisar, atender y proteger los derechos humanos del docente
y el alumno para prevenir conductas destructivas y conflictos.
13. Generar los convenios
institucionales de los tres niveles de educación con el fin de atender
integralmente temas con directrices a la
convivencia, la concordia y la sana integración social.
14. Es necesario que la
convivencia escolar pacifica se convierta en política pública para facilitar su
aplicación global en las escuelas. Esto
genera la obtención de permisos para asistir a capacitaciones y el apoyo en
recursos económicos para financiarla.
15. La mediación permite
construir un clima asociativo en la escuela que conlleva un cambio de paradigma
en las relaciones entre educandos y docentes. Esta convivencia escolar
democrática hace germinar la concordia, la ayuda mutua y la responsabilidad
compartida, facilitando el cambio social hacia la cultura de la paz.
FORO MEDIACIÓN
COMUNITARIA
• Es preciso humanizar y no
institucionalizar la Mediación Comunitaria eso es fomentar su desarrollo en la sociedad civil.
• Es necesaria la democratización
de la Mediación Comunitaria y esto
supone
voluntad política.
• La democratización de la
Mediación Comunitaria permite llevar
ésta a la comunidad y poder resolver los conflictos desde abajo y no sólo desde
arriba.
• Las políticas públicas en
Mediación no deben ser de mera fachada y deben asegurar la sostenibilidad de
los programas.
• Aun así la Mediación
Comunitaria debe también practicarse de manera voluntaria desde asociaciones,
redes, comités de vecinos, apoyada desde lo político, coadyuvando esfuerzos.
• La Mediación Comunitaria da un espacio a la exigencia social.
• La Mediación Comunitaria,
próxima a la comunidad, sí puede ayudar
a la prevención del delito.
• Es fundamental desarrollar la
Mediación Comunitaria en los/as jóvenes
y legitimar a éstos cuando son mediadores/as.
• La institucionalización y la
legislación de la Mediación Comunitaria, de ninguna manera deben encorsetarla y
quitarle su carácter flexible,
adaptable, abierto y horizontal.
• La Mediación Comunitaria es un proceso social al 100%.
CONCLUSIONES DEL FORO
MEDIACIÒN Y POLÌTICAS PÙBLICAS DE
PACIFICACIÒN SOCIAL
La Mediación es un instrumento útil para el sistema de
Seguridad Pública, como fórmula de pacificación
social, ya que puede operar en la
prevención del delito, siempre y cuando su aplicación sea general en todo el
país, pues su eficiencia requiere que
sea contemplada como base de programas específicos en las políticas públicas. Además
de los recursos materiales para instrumentar la mediación en los programas de prevención
del delito, es necesario que su aplicación se reglamente legislativamente y se le
apoye políticamente desde los órganos del Estado (Federales, Estatales y Municipales).
Deben identificarse las fases,
momentos y circunstancias en que la mediación se aplicará como instrumento del
Sistema, toda vez que puede operar en la
fase previa o después de cometido el delito o la conducta antisocial. Es así
que puede operar en la familia, la escuela o la comunidad, pero también durante
el procedimiento penal para menores o imputables, al igual que en la ejecución
de las penas o medidas de seguridad.
Esto nos lleva a identificar y
capacitar a mediadores especializados en cada una de las áreas en que deberán
operar, pues ya no es suficiente ser y pensar como mediadores familiares,
escolares o comunitarios, por ejemplo.
Es necesario que conozcan los problemas o disfunciones específicos que
provocan delitos o conductas antisociales, para operar sobre ellos, conscientes
de que estamos haciendo labor de prevención mientras los resolvemos. Operar
sobre el hoy, pensando en el mañana.
Todos sabemos, o deberíamos saber
que las disfunciones familiares, cualquiera que sea el tipo de familia,
conducen, entre otras desviaciones, al alcoholismo, la drogadicción, pero
también al delito. Sin embargo, cuando hacemos mediación en conflictos
familiares, el mediador normalmente busca colaborar en su solución, ignorando
que, en muchos casos, se está haciendo prevención del delito. Ahora se trata de
identificar las disfunciones familiares que sirven de génesis a conductas
antisociales (hijos extramatrimoniales, violencia intrafamiliar, malos divorcios, síndrome de alienación parental,
incumplimiento de obligaciones familiares y otros) para operar como mediadores pero
con miras en la prevención. La escuela, órgano de socialización
secundaria, no está cumpliendo su
función normativa. Apenas se ocupa de transmitir conocimientos formales,
permite o incita la competencia entre los alumnos por muchas vías, lo que provoca
conflictos, y ha perdido el oficio y entrega que caracterizó a tantos maestros
antiguos, factores éstos que aunados a las disfunciones familiares y a la
influencia criminógena del ambiente social, ha producido o agravado fenómenos
tan preocupantes como el conocido
Bulling escolar, como una forma de violencia o persecución a cargo y en
perjuicio de los mismos alumnos, así como presencia de armas y drogas, además
de la falta de respeto por los maestros y autoridades escolares, entre otras
conductas reprochables. Por eso resulta urgente, para evitar desviaciones en la
personalidad de víctimas y victimarios, que se instrumente en forma
institucional en todas las escuelas del país, incluyendo las privadas, la
mediación entre pares, además de vigilancia especial y mediación o terapia
familiar cuando la conducta del menor tenga este origen, porque esta es una
forma de enfrentar el problema.
La comunidad, víctima, victimaria
y gestora del delito en muchos casos, debe ser objeto de la mediación comunitaria,
pero no solo para resolver problemas vecinales, sino como un programa de
prevención del delito. Es algo, pero no suficiente, que la mediación comunitaria
se realice en forma aislada en algunos municipios y que sus promotores sean Sindicaturas,
Comisiones Municipales de Derechos Humanos, Policías de barrio, Comités de
Participación Ciudadana o jueces de faltas. Es necesario que se organice institucionalmente,
en todos los municipios del país, se otorguen recursos y se capacite a mediadores pares, surgidos de la misma
colectividad, sobre los conflictos humanos que generan delitos, para que operen
con conocimiento el sistema de mediación comunitaria para la prevención del
delito.
Por lo que toca a los menores en
conflicto con la ley penal, es necesario completar el proceso iniciado a raíz
de la reforma constitucional del 12 de diciembre del año 2005 (en la República
Mexicana), instituyendo con todos los
apoyos necesarios una mediación especializada oportuna, que opere en
etapas tempranas (policial o Ministerial), a fin de evitar el etiquetamientos
del menor y buscar, por vía de la justicia restaurativa, que sea éste el que
repare el daño, para que se haga responsable de sus actos, y se comprometa ante
sus víctimas a no reincidir. Este programa debe institucionalizarse en toda la república
y responder a parámetros únicos, como una política de Estado en esta fase temprana
de la criminalidad. La mediación penal en sede judicial, bajo el esquema de
juicio acusatorio oral, debe ser profundamente especializada y cauta, pues
independientemente de las bondades de este nuevo sistema procesal, las salidas
alternas que contiene para evitar el desbordamiento de los juicios: principio de
oportunidad; convenios reparatorios; suspensión del juicio a prueba y juicio
abreviado, requieren, en diversos grados, de la aplicación de los métodos alternos,
por lo que los mediadores deben conocer la estructura y dinámica de este procedimiento,
así como de sus salidas, evitando ser utilizados para legitimar un sistema de
posible impunidad, pues no basta la reparación del daño para extinguir la responsabilidad
penal, es necesario el arrepentimiento del inculpado y la satisfacción de las
muchas necesidades de la víctima, las que no se agotan en la indemnización del daño,
ya que sólo se obtienen a través de la justicia restaurativa.
En materia penitenciaria, es
necesario institucionalizar en todos los centros de internamiento del país, la
mediación entre pares, no sólo para pacificarlos, sino también para restablecer
los vínculos familiares del interno, ya que su familia es también víctima del
delito, por lo que resulta interesante que a través de círculos o conferencias
familiares se pacte, por vía de la mediación, que el reo se comprometa a no volver a delinquir, para no ofender de
nuevo a su familia, mientras que los miembros de ésta, prometen recibir y proteger
al delincuente, una vez liberado, para que cumpla su promesa.
FORO: JUSTICIA Y
PARTICIPACION CIUDADANA
• Se propone que los países
implementen programas de mediación desde las etapas más tempranas a nivel
escolar que fomenten el dialogo para poder prevenir y resolver conflictos y
construir una cultura de paz desde la infancia.
• A pesar de la evolución de los
métodos alternativos a nivel mundial se considera necesario continuar con la difusión de los
mismos venciendo las resistencias generadas
por los operadores del sistema Judicial.
A tales fines se analizó la necesidad imperiosa de formación específica
en RAD de los abogados de la matrícula y
funcionarios judiciales para poder ofrecer un mejor servicio, para ejercer una
derivación responsable de los casos a los centros de mediación y
poder contribuir con el desempeño
al cambio paradigmático y sumarse a la cultura
de paz.
• Sería importante que los magistrados y funcionarios
judiciales (y de otros Poderes) puedan sensibilizarse en el ejercicio de la
actividad, a efectos de tener como objetivo más allá de su actuación como
decisores en las causas en las que intervengan, la intención de generar
espacios tanto de búsqueda de consenso para resolver la disputa como la actitud
de abrir las puertas del Juzgado y permitirse brindar escucha y contención a
quienes lo necesitan manteniendo su
neutralidad. En definitiva un
cambio de paradigma de la función judicial. Este cambio es un proceso y como tal no se deben apresurar los
tiempos.
• La palabra justicia y
participación ciudadana pueden parecer conceptos complejos de compatibilizar.
En realidad cuando hablamos de la posibilidad de que las partes en conflicto
puedan buscar una solución, nos referimos no a la solución “judicial”, sino a
la posibilidad de obtener una solución justa.
• Esto conllevará para el
ciudadano un acceso a la justicia en sentido amplio.
• Sería recomendable que los
funcionarios Judiciales puedan capacitarse en técnicas de conciliación para
conducir e intervenir en las audiencias de conciliación en sede judicial con
método y herramientas fundamentados teóricamente y no de modo meramente
intuitivo o en base al ensayo y error, como usualmente ha sido.
• También se analizó la necesidad
de la presencia de los letrados en las audiencias en la búsqueda de igualdad de
medios.
• Se encontró necesario la
adaptación del marco normativo en diversos contextos para la aplicación y
validez legal de diversos programas de resolución alternativa y/o Justicia
Restaurativa
• Se propone el acercamiento a
grupos vulnerables como las comunidades indígenas de todo el mundo, con el fin
de establecer un intercambio cultural y en la medida que sea concordante con su
cultura y primando el respeto sobre ellas, promover la utilización de procesos
de diálogo y mediación para que puedan ser aplicados en sus comunidades.
• Es importante resaltar en los
procesos de mediación y conciliación el protagonismo de las partes, pero que
ello no resulte en la deslegitimación del rol de asesor legal del abogado.
• En cuanto al acceso a justicia
en sentido amplio la implementación de las Casas de Justicia alejadas de los
centros judiciales, brindan la posibilidad a la población que hoy no llega a
plantear su problema en instancias judiciales para que pueda hacerlo en estas
oficinas donde el ciudadano tiene una respuesta a su conflicto.
FORO DE ANÁLISIS DIALÉCTICO
MEDIACIÓN Y MARGENES DE APLICACIÓN
I. MEDIACIÓN EN ORGANIZACIONES DE SALUD
1. Al arbitraje médico y la
conciliación para la solución de controversias en salud, hace necesario añadir
el valor y las virtudes de la Mediación en Salud.
2. Antes de abrir un proceso
judicial en salud, es imperioso propiciar un espacio para el dialogo
asociativo, en donde los participantes sean capaces de vivir su dolor, y
facilitar la conciencia de sus cualidades positivas.
3. Si queremos hacer sinergia con
el propósito de humanizar el ejercicio
de la medicina, es preciso agregar a los currículos existentes de profesiones
de la salud, la materia de mediación en sus elementos sustantivos.
4. Dentro de la educación médica
continua del personal de salud en funciones, hace apremiante la incorporación
del módulo de Mediación en Salud.
II. MEDIACIÓN EN CONFLICTOS INTERCULTURALES
1. La mediación intercultural, se convierte en
un enorme recurso para la resolución de tales conflictos y puede actuar como un
puente para facilitar las relaciones a través del diálogo, promoviendo la
integración entre personas y grupos pertenecientes a una o varias culturas,
propiciando una mayor cohesión social.
2. La Mediación Intercultural
será el medio que restablezca la paz y la concordia, logrando una sociedad que
respete las diferencias.
3. Las personas que compartimos
este Foro de análisis dialectico, hablábamos varios idiomas y pertenecíamos a
culturas diversas, sin embargo, nos entendíamos
perfectamente, por que empleamos el lenguaje del corazón, que fue más fuerte
que la dificultad de la palabra. El mediador reconoce que las diferencias,
cualquiera que sean, no impiden la comunicación entre las personas de buena
voluntad.
III. MEDIACIÓN EN CONFLICTOS RELIGIOSOS
1. La religión es una forma de
conducta que asumimos después de la adquisición de valores imprescindibles que
nos habilitan a vivir con tolerancia, comprensión, sin prejuicios, sin
fronteras, de raza, credo, color, iglesia o nacionalidad
2. No importa ser católicos,
protestantes, evangélicos, judíos, etc, si las partes están de acuerdo, toda
religión es herramienta buena en la mediación, si es la creencia de las partes.
El mediador reconoce la importancia de
la espiritualidad para algunas personas como formadora de valores y que da
sentido a la vida de las personas.
IV. MEDIACIÓN PENITENCIARIA
1. La Mediación Penitenciaria
para su incorporación se desarrolla en ambientes poco propicios para su
implementación en una primera vista, una vez que se instala los resultados de
aceptación son sorprendentes, como un modelo restaurativo y de pacificación de
instituciones, por lo que se tendrán que redoblar esfuerzos para su difusión e
implementación en Centros de Readaptación Social, a través de la
multiplicación de programas de Formadores
de mediadores pacificadores pares.
2. En dichos Centros de
Readaptación, habrá que implementar el desarrollo de habilidades pro sociales elementales, tomando en cuenta el
contexto donde se llevan a cabo.
3. Se requiere facilitar el
incremento de la autoestima, el manejo de las emociones, que promuevan el
desarrollo de habilidades sociales y emocionales, en lo interno con sus pares y
en lo externo con sus familias.
V. JUSTICIA RESTAURATIVA
1. Saber y sentir, que su corazón
es su guía, su instinto y que los conecta con los otros y sus emociones, es
importante para el facilitador en Justicia Restaurativa.
2. Separar al delito de las
personas, evitando estereotipos y no definir a las personas por sus delitos
siendo víctima o victimario.
3. El facilitador tendrá que trabajar sus propias experiencias del trauma y sus propios duelos
para que no se transfieran a las partes.
4. El perdón no se debe ver cómo
meta en los procesos de justicia restaurativa, cada persona definirá sus
propias metas y si busca el perdón que lo defina por sí misma.
PROPUESTAS GENERALES.
1. Realizar un concurso de ensayo
sobre temas inéditos referentes a mediación
y justicia restaurativa con el objeto de promover la investigación sobre esta
materia y de contar con una publicación anual que incorpore los trabajos
seleccionados.
2. Realizar un concurso de video
sobre mediación y justicia restaurativa,
con el objeto de difundir y promover como se utilizan estos métodos alternos
para la solución de conflictos en la familia, la escuela, la comunidad, las
cárceles, o cualquier otro ámbito de intervención en los diferentes
países.
3. Elaborar material didáctico a
través de casos de mediación y de justicia restaurativa para niños y adultos.
4. Realizar programas de
capacitación de mediación y de justicia restaurativa para los las cárceles de
todos los países.
Toluca, Estado de México, 26 de
Agosto de 2011.
Dr. Jorge Pesqueira Leal M. en D. Héctor Hernández Tirado
Coordinador General Magistrado del Tribunal Superior de
Justicia del Estado de México.
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