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hoy inicia conciliación extrajudicial obligatoria en Huánuco




Hoy  miércoles  catorce  del mes de  noviembre de 2012, comienza a regir la conciliación  extrajudicial   con carácter obligatoria en el distrito conciliatorio de la provincia Huánuco,  departamento de  Huánuco, cabe  precisar  que la  conciliación  extrajudicial esta  regulada  por Ley Nº 26872- Ley de Conciliación Extrajudicial, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1070, Reglamento- Decreto Supremo Nº 014-2008-JUS y su modificatoria, Decreto Supremo Nº 006-2010-JUS. 

A partir de hoy, en los doce distritos de la provincia de Huánuco: HuánucoAmarilisChinchaoChurumbambaMargos,  Pillco Marca, Quisqui (Kichki)San Francisco de CayránSan Pedro de ChaulánSanta María del ValleYarumayoYacus es  obligatoria  la  conciliación  extrajudicial, lo  que  determina   que  toda  persona  natural, jurídica o patrimonio  autónomo  al   surgimiento de  un conflicto,   antes de iniciar un proceso judicial,  en  materia  civil y  comercial,  tiene   la obligación de intentar solucionar su  conflicto ante un  Centro de  Conciliación  debidamente  autorizado por el  Ministerio de Justicia y de llegar a un  acuerdo  se    evita    un proceso  judicial y  gastos  innecesarios   de  dinero y  tiempo.

El solicitante, que  luego pasa a ser demandante  en sede judicial, de no  iniciar o no asistir a  la audiencia de  conciliación ante un Centro de  Conciliación será  sancionado, con la declaración  de improcedencia de  su demanda por  falta   de interés para  obrar.

El  invitado, que luego pasa a ser  demandado en sede  judicial,  en caso de no  asistir a la audiencia de  conciliación será  sancionado de  la  siguiente  manera:


  • Imposibilidad de reconvenir. 
  • Presunción legal relativa de verdad de los hechos expuestos en el acta de conciliación extrajudicial.
  • Multa de 2 a 10 URP.
Cabe  precisar   que de lograrse  un  acuerdo,  el  Centro de   conciliación expide un acta de  conciliación por  acuerdo total,  que  tiene la calidad de titulo ejecutivo, con lo  cual se  pone  fin  al  conflicto y se evita un proceso  judicial y  en caso de incumplirse  el  acuerdo, se recurre  al Juez  únicamente para ejecutar  el acuerdo.

Asimismo la  conciliación  también puede utilizarse para evitar la sentencia dentro de  un proceso judicial, ya  que  los litigantes    pueden   acudir a un  Centro de  Conciliación  para  ponerse de acuerdo  y posteriormente presentar el acta del  acuerdo  al Juez del proceso  judicial, quien  declarará  concluido el proceso  judicial, con la   calidad  de  cosa  juzgada.

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