Limamarc en cumplimiento de sus fines, presenta 17 propuestas generales para mejorar la eficacia del sistema conciliatorio peruano.
2. Institucionalizar la conciliación a nivel constitucional, como un medio de solución de conflictos.
3. Creación del Ministerio de Solución de Conflictos que englobe a la negociación, mediación, conciliación, arbitraje.
4. Creación del Colegio de Conciliadores del Perú, como una persona jurídica de derecho público.
5. Designación de la máxima autoridad administrativa de la conciliación en el Perú, por elecciones libres entre los conciliadores más destacados y colegiados ante el Colegio de Conciliadores del Perú.
6. Ampliación del uso de la conciliación a todos los ámbitos de la vida humana.
7. Eliminación de la conciliación como un requisito de procedibilidad de la demanda.
8. Establecer la conciliación como un medio de solución de conflictos.
9. Unificar el valor jurídico del acta de conciliación por acuerdo total, como titulo ejecutivo.
10. Aplicación de la conciliación a todo el territorio peruano.
11. Modernización del sistema de formación de conciliadores, para tal efecto se propone lo siguiente:
· Establecer la libre competencia de Centros de Formación de Conciliadores.
· Constitución de Centros de Formación de Conciliadores como sociedades anónimas.
· Eliminación de todo aquello que vaya en contra de la libre competencia entre los Centros de Formación de Conciliadores, debiendo eliminarse lo siguiente:
· La Resolución de autorización del curso de Formación de Conciliadores.
· Manual de capacitación.
· Modelo de examen escrito.
· Modelo de hoja de Registro.
· Opinión de la Escuela Nacional de Conciliación Extrajudicial, para la calificación de cualquier requisito establecido para la autorización de funcionamiento de Centros de Formación de Conciliadores.
12. Establecer procesos de control de calidad para los procedimientos conciliatorios que prestan los Centros de conciliación.
13. Establecer criterios de competitividad para los Centro de Conciliación y Centros de Formación de Conciliadores.
14. Ejecución de las actas de conciliación por acuerdo total, a través los Centros de Conciliación, a fin de darle una mayor celeridad a la ejecución de los acuerdos conciliatorios.
15. Inscribir derechos en los Registros Públicos, en virtud de copias certificadas de actas de conciliación extrajudicial por acuerdo total.
16. Establecer las invitaciones para conciliar vía correo electrónico.
17. Incorporar en la educación primaria cursos de negociación, conciliación y arbitraje.