El Artículo 47 del Reglamento de la Ley de Conciliación Decreto Supremo Nº 014-2008-JUS, modificado por el Decreto Supremo 006-2010- JUS, establece expresamente los requisitos para la autorización de funcionamiento de Centros de Conciliación, son los siguientes:
1. Copia autenticada por el fedatario del Ministerio de Justicia o legalizada por Notario Público de la constancia de inscripción en Registros Públicos o documento en el que conste la creación de la persona jurídica.
2. Copia autenticada por el fedatario del Ministerio de Justicia o legalizada por Notario Público del Estatuto o documento que contenga los fines u objetivos de la persona jurídica, debiendo estar señalado entre otros, el ejercicio de la función conciliadora.
3. Copia autenticada por el fedatario del Ministerio de Justicia o legalizada por Notario Público del Acta de asamblea de asociados o el documento de similar rango, en el consten los siguientes acuerdos:
a) Constitución del Centro de Conciliación, en la deberá adoptarse la denominación, y de ser el caso la abreviatura;
b) Funciones del Centro de Conciliación, la designación de cargos directivos, forma de elección y periodo de ejercicio en el cargo
c) Nombre del representante legal o el más alto cargo directivo de la persona jurídica
d) Aprobación del Reglamento del Centro de Conciliación, de acuerdo al formato tipo aprobado por el Ministerio de Justicia.
4. Horario de Atención debidamente suscrito por el Representante Legal.
5. La relación de dos Conciliadores como mínimo, debidamente acreditados por el Ministerio de Justicia y abogado verificador de la legalidad de los acuerdos.
6. Copia simple del diploma del título profesional de abogado y del carné del Abogado(s), que verificará la Legalidad de los Acuerdos.
7. Certificado de Habilitación del Abogado expedido por el Colegio de Abogados al cual se encuentre inscrito.
8. Registro de firmas y sellos que utilizaran en el ejercicio de sus funcione, los integrantes del centro de Conciliación, así como el sello de expedición de copias certificadas de actas y solicitudes de conciliación.
9 Copias simples de los documentos de identidad de los integrantes del Centro de Conciliación.
10. Croquis de ubicación y distribución simples de las instalaciones del Centro de Conciliación, debiendo tener como mínimo la siguiente distribución:
· Una ( 01) Sala de Espera y Recepción
· Una ( 01) Oficina Administrativa
· Una ( 01) Servicio higiénico ubicado al interior de las instalaciones
· Una (01) Sala de Audiencias cuyas dimensiones serán de (03) tres metros de ancho y (03) tres metros de largo aproximadamente.
11. Declaraciones juradas simples de Directivos, Conciliadores y Abogado(s) del Centro de Conciliación:
· Carecer de antecedentes penales
· Carecer de antecedentes policiales
· Carecer de antecedentes judiciales
12 Comprobante de pago por el derecho de tramite
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