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LA INVITACIÓN PARA CONCILIAR EN EL PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO PERUANO

La  invitación  es  un  documento  elaborado  por   el  Conciliador  designado,  mediante   el  cual  comunica  a  solicitante e invitado,  el  día  y  hora  en  que  se  realizará  una  audiencia  de  conciliación,  donde  les  asistirá  para  explorar  soluciones  satisfactorias   a   ambas  partes.
La  invitación  debe ser elaborada con un lenguaje  claro,  sin abreviaturas, constructivo, positivo  y cordial e  incentivando a  ambas partes a  asistir  voluntariamente a  la audiencia, descartándose  lenguaje adversarial  e inquisitivo  propio de una  notificación  judicial puesto que no se trata  de una  notificación  judicial,  sino de una  invitación a  conciliar. 
Como una  manifestación de la  función de dirección del procedimiento conciliatorio, corresponde  al  conciliador designado   elaborar   las    invitaciones  para  conciliar a  ambas  partes, debiendo para  tal efecto   redactar las  invitaciones   cumpliendo  con los requisitos expresamente establecidos  por el  articulo 16  del  Reglamento de la Ley de   Conciliación  Decreto  Supremo Nº 014- 2008-JUS.  El  inciso 3 del artículo 44 del Reglamento de la Ley de   Conciliación  Decreto  Supremo Nº 014- 2008-JUS,  establece que el  conciliador  tiene  la  obligación de redactar las  invitaciones para conciliar  cumpliendo los requisitos señalados por el  articulo 16 del Reglamento de la Ley de   Conciliación  Decreto  Supremo Nº 014- 2008-JUS  y dentro del plazo  establecido por el articulo 12 de la Ley de  Conciliación 2687,  sancionándose  con  amonestación escrita,  en caso   de no  consignar   en las  invitaciones   los   citados    requisitos  ( inciso 3  del articulo 113  del Decreto  Supremo 014-2008-JUS).
De otro  lado, no esta permitido  programar   a  la misma  hora y  fecha,   dos o mas  audiencias de conciliación con el mismos conciliador, con excepción de los procedimientos susceptibles de tramitación acumulable.

REQUISITOS DE LA INVITACIÓN PARA  CONCILIAR
Los  requisitos de una invitación para  conciliar, se  encuentran  expresamente establecidos por el  artículo 16 del Reglamento de la Ley de   Conciliación  Decreto  Supremo Nº 014- 2008-JUS.

1.- NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DE LA PERSONA O PERSONAS A INVITAR Y SU DOMICILIO.
El  primer  requisito  de una  invitación para  conciliar, tiene  por objeto  identificar e individualizar   con   certeza  a la persona  natural,  jurídica  o  patrimonio  autónomo que  constituye  la  parte  invitada  de  un procedimiento  conciliatorio, así como  el  lugar  donde  se  notificará la invitación a  conciliar:
1.1.          PERSONA  NATURAL
Parte  de la invitación  que identifica a la persona  natural invitada a  conciliar, parar tal efecto  el     Conciliador  consignará  en la invitación  el prenombre y  apellido  completo  y  sin abreviaturas  de la  persona  natural  señalada  como   parte invitada  en la  solicitud de  conciliación, tal  como  figura  en la  solicitud de conciliación,    el  conciliar tienen  que  tener a la   vista la  solicitud  de  conciliación.
Cuando la parte invitada esta  conformada por  varias  personas, se invitará a  conciliar  a  cada una de ellas por separado.  
Elementos.-
·         Tratamiento..- Señor, Señora, Señores, seguida de dos puntos.
·         Nombre  completo del invitado.
·Prenombre.
·Apellidos.
Ejemplo:
Señor: Jorge   Díaz  Paz

1.2.- PERSONA JURIDICA
Identifica  a la persona  jurídica de derecho público o privado  invitada a  conciliar, cuando el invitado sea una persona jurídica, se   consignará en la invitación su denominación o razón  social, tal  como   figura en la  solicitud de conciliación extrajudicial,  sin abreviaturas.
Elementos.-
·         Tratamiento..- Señores, seguida de dos puntos.
·         Denominación o razón  social.
Ejemplo:
Señor: Coca-Cola del Perú Sociedad  Anónima  Abierta
1.3.- PATRIMONIOS  AUTONOMOS
En el caso de patrimonios  autónomos  se invitará  a  cada uno de  sus integrantes por separado, individuamente.
Elementos.-
·         Tratamiento...- Señores, seguida de dos puntos.
·         Nombre  completo del patrimonio autónomo
·         Integrantes del patrimonio  autónomo.
Ejemplo:
Señores: Sucesión Juan  García Noriega, conformada por
-       José  García  Vélez
-       María García  Vélez

1.4.- Del  domicilio  del invitado
La  invitación  debe  consignar en  forma  clara,  precisa  y  sin abreviaturas  la  dirección   de  la  parte  invitada,  la  misma  que fue consignada  en la  solicitud  de  conciliación.
 Elementos:
·       Nombre de la  avenida,  calle, jirón.
·       Número del inmueble, lote, departamento, oficina, interior.
·       Nombre de la  urbanización.
·       Distrito, de ser  posible  una referencia  para que sea  más fácil  su  notificación.
Ejemplo:
Avenida  Tacna Nº 4562,  distrito de  San Isidro.  

2.      DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL Y DIRECCIÓN DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN.
El  segundo  requisito  de una  invitación para  conciliar identifica  plenamente  el   Centro de  Conciliación  donde se  realizará   la  audiencia de  conciliación  y el lugar  donde se  ubica el Centro de  Conciliación.
2.1.- DENOMINACIÓN DEL CENTRO DE  CONCILIACIÓN
Un  requisito ineludible  constituye   la denominación  del Centro  de Conciliación,  que  viene a ser el nombre del  Centro de  Conciliación,  que lo   distingue e individualiza  frente a los demás  Centros de  Conciliación,  el  cual debe  coincidir con el  nombre  consignado en la resolución   del  Ministerio de Justicia  que autoriza el  funcionamiento  del Centro de Conciliación.
2.2.- DIRECCIÓN DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN
De  igual  forma, debe  consignarse la  dirección  del  Centro de Conciliación, donde se realizará  el procedimiento de conciliación  extrajudicial, que  deberá  coincidir  con  la dirección del local autorizado por el Ministerio de Justicia para ejercer función  conciliadora. En caso  que  la   invitación  omita la dirección del Centro de  Conciliación, se hará  acreedor de una  sanción  de  amonestación  escrita, en  atención  del inciso    C- 8  del Reglamento de la Ley de   Conciliación  Decreto  Supremo Nº 014- 2008-JUS.
Elementos:
·       Denominación del Centro de  Conciliación
·       Nombre de la  avenida,  calle, jirón.
·       Número del inmueble, lote, departamento, oficina, interior.
·       Nombre de la  urbanización.
·       Distrito.
·       Provincia y Departamento.
Ejemplo:
Avenida  Wilson Nº 5623, distrito de  Miraflores,  Lima. 

3.- NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL  Y  DIRECCIÓN DEL  SOLICITANTE DE LA  CONCILIACIÓN.
El tercer  requisito  de una   invitación a  conciliar,  tienen por objeto identificar  a la persona natural, jurídica o patrimonio autónomo  y  el lugar  donde reside la persona  que  tienen la calidad de  solicitante de un procedimiento  conciliatorio.
Este  requisito  no estaba  contemplado  en la  anterior legislación.
3.1.- PERSONAS  NATURALES
Parte de la invitación que identifica a la persona  natural que  tiene la calidad de solicitante, cuando el  solicitante  sea una persona  natural  debe  consignarse  en la  invitación a  conciliar el  nombre  de  pila  y  apellido  completo de la persona  natural  que presento la solicitud de conciliación  ante el Centro de Conciliación.
Elementos.-
·         Tratamiento.- Señor, Señora, Señores, seguida de dos puntos.
·         Nombre  completo del   solicitante.
·       Prenombre.
·       Apellidos.
Ejemplo: Juan Vélez  Mejía
3.2.- PERSONAS  JURÍDICAS
Identifica  a la persona  jurídica  que  solicito  el procedimiento  conciliatorio, cuando el solicitante esta constituido por una persona jurídica, debe  consignarse en la invitación para  conciliar  su  denominación o razón  socia,  la  misma  que   fue  consignada en la  solicitud de conciliación, en  forma  completa y  sin abreviaturas.
Elementos.-
·         Tratamiento.- Señores, seguida de dos puntos.
·         Denominación o razón social del   solicitante,  en mayúscula.
Ejemplo:
Coca Cola del Perú Sociedad  Anónima  Cerrada
3.3.- PATRIMONIOS  AUTONOMOS
En el caso de tratarse   de una  sucesión, se  consignará el nombre de la sucesión y el nombre de cada uno  de  sus integrantes.
Ejemplo:
Señores: Sucesión  Mario  Ruiz  Roca, conformada por
-       Eduardo José  Ruiz  Vera
-       Wendy  Ruiz  Vera

3.4.- DIRECCIÓN   DEL  SOLICITANTE
Parte   de la invitación  que  señala   en   forma  clara y completa   el  lugar donde reside el   solicitante del procedimiento de  conciliación  extrajudicial.
Elementos.-
·         Avenida,  jirón,  calle.
·         Numero del inmueble o departamento,
·         Distrito.
EJEMPLO
Jirón  Carabaya N 564,  Cercado de Lima - Lima

4.-  ASUNTO SOBRE EL CUAL SE PRETENDE CONCILIAR 
El  cuarto  requisito   establece la obligación de  consignar   en  forma  clara  y  precisa  el asunto  sobre  el  que versará  el procedimiento  conciliatorio, debiendo coincidir con el  asunto a  conciliar  que   fue  consignado en la  solicitud de  conciliación,  en  forma  resumida y con el  menor numero de palabras,  el  conciliador no puede  cambiar  este  asunto por su propia  cuenta, por ejemplo   si  una  solicitud  de  conciliación  tienen  como pretensión  pago de  soles,  se  consignará  como  asunto a  conciliar   la  obligación de   dar  suma de dinero.

 5.-  DÍA Y HORA PARA LA AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN.
El  quinto  requisito  es  sumamente transcendental,  por  cuanto esta referido al  momento  en que se  realizará  la  audiencia de  conciliación en el Centro de   conciliación.
Para tal efecto la  invitación deberá  consignar en  forma obligatoria, clara, precisa y sin abreviaturas  en palabras y  el números  el   día, mes,  año   y   la  hora  en que se  llevara a cabo la  audiencia de   conciliación, los  mismos  que se  realizará  dentro de los  días y horas  hábiles  que  tiene   autorizado  el Centro de Conciliación.
Elementos:
·         Día  de  la  audiencia de  conciliación, en letras minúsculas,  con negrita y  subrayado.
·         Mes de  la  audiencia de  conciliación,  en letras minúsculas,  con negrita y  subrayado.
·         Año de  de  la  audiencia de  conciliación,  en letras minúsculas,  con negrita y  subrayado.
·         Día, mes y año en   que se realizara la  audiencia de  conciliación, en números,   con negrita y  subrayado.
·         La  hora en que se realizará  la audiencia de  conciliación,  en letras minúsculas,  con negrita y  subrayado.
·          La  hora en que se realizará  la audiencia de  conciliación,  en números,   con negrita y  subrayado.

Ejemplo:
Viernes  once de marzo del año  dos mil diez  (11 de  marzo de 2010), a    horas   once de la mañana (11 A.M.)
La nueva  ley a   diferencia de la  anterior   exige  ahora  que  debe precisarse únicamente  la fecha de la sesión que corresponda, por  cuanto esta  prohibido  señalar  en la primera invitación  el  día y   hora para la  segunda sesión a conciliar, que era una  práctica  muy utilizada  por algunos Centro de Conciliación.



PLAZO PARA LA REALIZACIÓN DE LA  AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN.
El  pazo  para la  realización de la  audiencia  de    conciliación,   varia según se trate de una  solicitud  individual o  conjunta:
1.- SOLICITUD   INDIVIDUAL
La  audiencia de  conciliación no superará  los siete días hábiles,  contados a partir del día siguiente de haberse cursado las invitaciones para la audiencia de conciliación, debiendo mediar   tres  días  hábiles  entre la notificación de la invitación para  conciliar  y  la   audiencia de  conciliación,  contados desde el  día  siguiente  en  que  fue notificada  la  invitación para  conciliar.
2.- SOLICITUD  CONJUNTA 
La  audiencia de  conciliación  podrá  realizarse,  el   mismo día  de presentada la  solicitud de  conciliación.

6.-. NOMBRE Y FIRMA DEL CONCILIADOR
El  sexto   requisito  de la invitación identifica e individualiza con certeza al Conciliador que se  encargará de dirigir el procedimiento  conciliatorio.
6.1.- Nombre  del  conciliador.
Constituye una obligación ineludible  consignar en la invitación el nombre de pila  y  apellido  completo,   sin  abreviatura del  conciliador designado por el  Director del Centro de Conciliación para dirigir el  procedimiento de  conciliación  extrajudicial.
Asimismo se  consignará  su número de Registro de acreditación de  conciliador   otorgado por el Ministerio de Justicia  y su especialidad de ser el caso.
Firma del  Conciliador.
El conciliador  designado por el Director del Centro de Conciliador   deberá   firmar  la invitación a  conciliar, el  mismo  que deberá  coincidir  con  las  firmas  que  están registradas  en el Ministerio de Justicia.

7.-  LUGAR  Y  FECHA DE LA INVITACIÓN.
El sétimo  requisito de la invitación  identifica  el lugar  y   momento  en  que   el  Conciliador  designado  expide  la invitación para  conciliar.
7.1.- Lugar.-
Parte de la invitación  que  identifica la  localidad  en   que se  expidió la invitación para  conciliar, el mismos que  debe   precisar  el nombre de la  ciudad  donde se elaboro  la invitación.
7.2.- Fecha:-
Parte  de la invitación que   señala  cuando  fue  emitida la invitación  para   conciliar. Elementos:
·         Localidad   en  que  se  emitió la invitación, separado de una  coma.
·         Día  de  emisión de la invitación, los días menores al  digito 10 van precedido del cero.
·         Mes de  emisión de la invitación,   en minúscula.
·         Año de  emisión de la invitación,  en números.
Ejemplo:
Lima, 02 de  noviembre de 2009

8.-  INFORMACIÓN RELACIONADA CON LA CONCILIACIÓN EN GENERAL Y SUS VENTAJAS EN PARTICULAR
El  octavo  requisito  obliga a los Centro de  Conciliación  remitir   a  solicitante e invitado información relacionada a la   conciliación.
 Se   acompañará  a  la invitación  a  conciliar afiches o trípticos,  donde se  consignará  información  relacionada a la  conciliación  extrajudicial,  a  fin que  ambas  partes,   tomen  conocimiento de manera  sucinta  sobre la  conciliación  extrajudicial, ventajas,  procedimiento, valor del acta de conciliación, entre otros  temas.

9.-   COPIAS  SIMPLES  DE LA    SOLICITUD  Y ANEXOS
El  noveno  requisito  establece  la obligación del Centro de  Conciliación   de  acompañar   a la invitación,   copias  simples  de la  solicitud de  conciliación extrajudicial  y sus respectivos  anexos que presento el  solicitante  ante el Centro de Conciliación Extrajudicial, a  fin que el  invitado  tome  conocimiento    sobre  la pretensión y los  hechos que invocan la  invitación a   conciliación.

10.- El  ultimo requisito    establecido por el articulo 16  del Reglamento de la Ley de   Conciliación Decreto  Supremo  Nº 014-2008-JUS,   establece  la  obligación del Centro de  Conciliación  de  consignar  en la  invitación,   la indicación para que en el caso de personas analfabetas o que no puedan firmar, éstas comparezcan acompañadas de un testigo a ruego.
Innovación   que permite  al invitado   de  concurrir  a la  audiencia de conciliación acompañado  de  un  testigo  a  ruego, el  mismo  que  tienen  que  tratarse de una persona  capaz  y  además  letrada,  en  dos  situaciones:
·         Invitados  analfabetos.
·         Invitados  que  no  puedan  firmar, por  carecer   miembros  superiores o padecer de  alguna   disfuncionalidad de los brazo o manos  que les  impida  firmar el acta de  conciliación.

11.-  NUMERO  DE  LA  INVITACIÓN
Aun que  el  Reglamento de la Ley  de  Conciliación  no  establece  la  obligación de consignar el numero de la invitación,   sin embargo   la  Resolución  Ministerial Nº 0236- 2009-JUS  mediante la  cual se publicaron  los  formatos   tipos de las actas de  conciliación   en el  formato C  se publica  el  formato de invitación  para  conciliar,  donde señala expresamente la obligación de  precisar   el numero de la  invitación  para  conciliar para  que  las partes y  el  conciliar  tengan  conocimiento   del número de  la invitación  para  conciliar  que se  expide. 
Este  requisito  tiene   como  objetivo  identificar  el  número   de   una  invitación   a  conciliar   que   fue expedida   dentro de un  procedimiento  conciliatorio.
Ejemplo:
PRIMERA  INVITACIÓN PARA  CONCILIAR

12.- NUMERO DE  EXPEDIENTE
El  numero de  expediente  es otro requisito no consignado en el artículo 16 del Reglamento de la Ley de Conciliación ,  pero  que  si esta consignado en el  formato  tipo de invitación  para  conciliar  establecido   mediante Resolución  Ministerial Nº 0236- 2009-JUS, es  el numero de  expediente.
Parte  de  la  invitación  que  identifica   a  que  expediente   corresponde  la invitación a  conciliar.
 Elementos:
·       La palabra expediente, seguida  por la  abreviación de la palabra número, en mayúscula.
·       El  número de expediente,  el mismo  que esta  conformado por   el número  correlativo de ingreso, mes, año, especialidad y pretensión.
·            Numero  correlativo de ingreso, en números,  los números  menores de 10 van precedido de  cero.
·            Mes en  que  fue recepcionada la  solicitud,  en números, los meses inferiores a  10 van precedido del numero  cero.
·            Año en  que  fue recepcionada la  solicitud,  en números.
·             La especialidad,  se  consigna la primera  palabra  en mayúscula , así C para  civil y F para familia
·            La pretensión, solo se  consigna la  abreviatura.

Ejemplo:
Expediente Nº:  04- 02-2010-CODSD

PLAZO   PARA   ELABORAR   LAS   INVITACIÓNES

1.- SOLICITUD  INDIVIDUAL
El  Conciliador  tiene  un  plazo de dos días hábiles, parar elaborar las invitaciones para   conciliar,  contados desde el día de su designación como  Conciliador.

2.- SOLICITUD  CONJUNTA
El  Conciliador procederá a elaborar las invitaciones a  la audiencia de conciliación Inmediatamente  de  admitida la  solicitud. 



NOTIFICACION  DE LAS INVITACIONES

1.- SOLICITUD INDIVIDUAL
NOTIFICACION DE LA INVITACION  AL  SOLICITANTE
La  notificación de la invitación  al   solicitante se podrá realizar inmediatamente después   de   designado el  Conciliador  en el local del Centro de  encontrarse el solicitante en el mismo (  al momento de  presentar  su  solicitud ), caso  contrario se notificará  en  el  domicilio  consignado en su  solicitud de conciliación con las   formalidades  establecidas en el artículo 17 del Decreto  Supremo  Nº 014-2008-JUS, Reglamento de la Ley de Conciliación,  debiendo mediar  entre  la fecha de la recepción de las invitaciones para  la  audiencia de conciliación  y la   fecha  de la audiencia   de conciliación,    no  menos de tres   días hábiles, contados desde el día  siguiente de recibida  la invitación.

NOTIFICACION DE LA INVITACION AL  INVITADO
La  notificación de las invitaciones   al invitado se  realizará   al  domicilio señalado por  el solicitante de conformidad   con el artículo 17 del  Decreto  Supremo  Nº 014-2008-JUS, Reglamento de la Ley de Conciliación.  Debiendo mediar  entre  la fecha de la recepción de las invitaciones para  la  audiencia de conciliación  y la   fecha de la audiencia   de conciliación,   no  menos de tres   días hábiles, contados desde el día  siguiente de  recibida  la invitación.

SOLICITUD  CONJUNTA
1.- NOTIFICACION DE LAS INVITACIONES  A AMBAS  PARTES
Inmediatamente después de  elaborada  las invitaciones  se  procederán  a  notificar   las invitaciones a conciliar   tanto al  solicitante como al invitado,  en el local del Centro de  encontrarse el solicitante en el mismo (  al momento de  presentar  su  solicitud ).


*  En el caso  en que  se hubiera incurrido en un error  en la  solicitud de  conciliación  relacionados a  la identificación de  cualquiera de las partes o la dirección de cualquiera de las partes,   y el   notificador  devuelve la  invitación por que la dirección  no existe o  el destinatario  ya no reside en el  lugar designado, o el mismo   invitado  devuelve la invitación haciendo notar el error en  cuanto a  sus datos,  el procedimiento concluirá  con un informe  del  conciliador.  No esta  permitido  que  la parte  subsane el error  con un nuevo escrito, por  cuanto la ley  no prevé  esta  situación, ni  mucho menos  la suspensión del procedimiento de conciliación por esta  situación.


FORMATO C


FORMATO TIPO DE INVITACIÓN PARA CONCILIAR

 

CENTRO DE CONCILIACIÓN[1] …………………………………..

Autorizado su funcionamiento por Resolución …………..[2]  Nº ______-______
Dirección y teléfono: ___________________________________________

EXP. N° ………
INVITACIÓN PARA CONCILIAR[3]

Señor (es) (as):


Nombre o Razón Social:
Dirección
Solicitante(s) [4]


Invitado(s):



De mi especial estima:

Por medio de la presente, le invito a participar en una audiencia de conciliación que se realizará en (dirección del Centro de Conciliación)[5],día________, de ___________ de _______, a horas __________ (10 minutos de tolerancia), en la cual me permitiré asistirle en la búsqueda de una solución común al problema que tienen respecto de ____________________________________(asunto sobre el cual se pretende conciliar[6])  de acuerdo con la copia simple de la solicitud de Conciliación y anexos que se le adjunta en la presente invitación.  

La Conciliación Extrajudicial es una institución consensual, es decir prima la voluntad de las partes para solucionar conflictos o divergencias, a través de un procedimiento ágil, flexible y económico, ahorrando el tiempo que les demandaría un proceso, y los mayores costos del mismo. Asimismo, no es necesaria la presencia de un abogado y de  arribarse a acuerdos el acta con acuerdo conciliatorio constituye título de ejecución de conformidad con el artículo 18º de la Ley de Conciliación Nº 26872, modificado por el artículo 1º del D.L 1070.

Las partes deberán asistir a la reunión conciliatoria  identificándose con documento de identidad y/o documento que acredite la representación, en el que se consigne literalmente la facultad de conciliar extrajudicialmente y de disponer del derecho materia de Conciliación, entregando fotocopia del documento de identidad, copia notarialmente legalizada o certificada según sea el caso, al Centro de Conciliación. Las personas iletradas o que no puedan firmar deberán acercarse al Centro de Conciliación con un testigo a ruego.
Sin otro particular, quedo de usted
                                                                                  
Lima: ______ de  ________de _______

_______________________________
         Firma y sello del Conciliador designado





[1] Nombre del Centro de Conciliación
[2] Señalar el tipo de Resolución que autoriza su funcionamiento ya sea Ministerial, Viceministerial o Directoral, seguido del número, año que corresponde  y las siglas correspondientes.
[3] Deberá consignarse el número de  invitación generado correlativamente al procedimiento conciliatorio
[4] De acuerdo a lo consignado en la solicitud
[5] Indicar calle, distrito y provincia.
[6] Pretensión consignada en la solicitud

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