Realizado del 19 al 24 de noviembre de 2007 ( saltillo, coahuila, mexico)
1. El modelo integrador promueve el cambio de paradigma, de una justicia retributiva al de una justicia restaurativa, basándose en el hecho de que en la lucha contra el crimen, no debe dejarse de lado a la víctima del delito y a la comunidad donde éste se consuma, y además, debe darse al delincuente la oportunidad de responsabilizarse ante el pasivo del ilícito, tanto moral como económicamente.
2. Este modelo tiende a satisfacer expectativas sociales sobre la pacificación de las relaciones humanas pero abre además, otras expectativas, como es la búsqueda de soluciones conciliadoras de las diversas aristas del conflicto provocado por el delito, para lo cual flexibiliza el procedimiento mediante la desjudicialización, respondiendo a las expectativas de todas las partes involucradas ya que el delito es un conflicto interpersonal que puede ser resuelto con el auxilio de un tercero capacitado.
3. Como la Mediación tiende a ser una profesión, es pertinente que el juez reciba formación en mediación para legitimarse como perito de peritos.
4. Es pertinente que los jueces se convenzan de derivar casos a Mediación, cuando adviertan que en la vía judicial no tienen solución real, completa y permanente.
5. Se considera fundamental la coordinación entre jueces y centros de Mediación en sede judicial, como frente común de solución y prevención de los conflictos, en aras de la paz y del construccionismo social pacífico.
6. La administración de justicia se vuelve más eficaz y alcanza sus postulados constitucionales, cuando a través de la vía de apremio, se concreta a ejecutar los convenios de Mediación, en lugar de tramitar largos juicios de conocimiento o instrucción.
7. Es conveniente establecer, prever y regular la Mediación privada, como un método alternativo, complementario y auxiliar de la función jurisdiccional, en tanto que el conflicto es una asunto de salud e interés públicos.
FAMILIA
1. Es conveniente realizar entrevistas a los niños en los procesos de Mediación familiar, guando la debida confidencialidad, en el entendido de que si bien los niños deben ser escuchados sus pretensiones sólo deben ser admitidas cuando sean benéficas a sus intereses.
2. Se recomienda implementar en los centros de Mediación espacios de cuidado personal para los mediadores que trabajan en temas de familia, para beneficio de los mismos y de los mediados.
3. Es necesario que los mediadores familiares trabajen en forma interdisciplinaria y en contacto con las redes locales, especialmente en casos relacionadas con la violencia intrafamiliar.
4. Se considera imprescindible la capacitación especializada en violencia intrafamiliar para todos los mediadores familiares.
5. Se recomienda la capacitación en violencia intrafamiliar para todos los integrantes del Sistema Judicial que estén directamente relacionados con la atención de temas familiares.
6. Es necesario desarrollar una línea preventiva frente a la violencia intrafamiliar, que implique la sensibilización de toda la población, utilizando los medios masivos de comunicación.
7. La prevención de la violencia intrafamiliar debe ser una política pública.
ESCUELA
1. Es necesario diseñar un Plan estratégico que incorpore la cultura de la Mediación en la formación en valores, los planes curriculares y al servicio de acciones tendientes a prevenir el surgimiento de violencia escolar.
2. Se deben articular los contenidos de Mediación escolar a la currícula flexible del Programa Federal de Educación para potenciar el Programa de Escuelas de Calidad.
3. Se recomienda la inserción de temas relacionados con la Mediación y resolución de conflictos en los programas de formación de maestros.
4. Deben considerarse como protagonistas de los programas de Mediación escolar a las autoridades, a los docentes y adultos responsables de las instituciones, generando acciones específicas para su capacitación.
5. Los padres de familia, la comunidad y sus miembros son actores sociales de los programas y las acciones de Mediación.
6. Como el éxito de los programas de Mediación depende del modo en que se haya realizado su diseño, es menester partir de un diagnóstico participativo, porque sólo cuando la necesidad es percibida por los actores escolares, podrá desarrollarse el interés y compromiso sostenido para cubrirla, aumentando el compromiso con la participación en la toma de decisiones, generando responsabilidad en todos los que participaron en el diseño.
COMUNIDAD
1. La preocupante situación de violencia y las carencias que sufren las comunidades ha llevado a algunos de los gobiernos a reconocer en la Mediación la posibilidad de una aproximación diferente a los conflictos de la comunidad, como una política pública que debe ser imitada.
2. Los servicios de Mediación deben diferenciarse de los servicios administrativos, por lo que se recomienda que los servidores públicos con cargos de autoridad, como el Ministerio Público, o cualquier otra función dirigida a defender los intereses de una de las partes, como los defensores de oficio, no actúen como mediadores, sino que sean creados cuerpos de mediadores, debidamente capacitados.
3. Los mediadores comunitarios deben ser profesionales que perciban un pago y que actúen conjuntamente con pasantes y voluntarios con contrato de servicios específicos, para evitar las deserciones y las inversiones reiteradas en nuevas capacitaciones.
4. Para asegurar la continuidad de estos servicios se deberá legislar para reforzar y validar la voluntad política que los origina.
5. Con el objetivo de evitar interrupciones a la implementación de la Mediación, se deberán crear políticas y planes de divulgación que fortalezcan la presencia y la vigencia de la mediación en la comunidad como instrumento de autogestión, porque sólo así conseguiremos potenciar las capacidades de la población en la discusión y resolución de sus propios problemas.
6. Consideramos que deben funcionar simultáneamente mediadores para reforzar la participación de las comunidades y mediadores vecinales para actuar entre sus pares en la atención de conflictos. De esta manera estaríamos actuando en varios frentes a favor de la prevención de manifestaciones de violencia.
7. Consideramos necesario que sean implementados simultáneamente programas de Mediación en las escuelas, como forma de irradiar la filosofía de resolución pacifica de los conflictos a toda la comunidad.
8. Dado el alto grado de violencia policial, consideramos fundamental sensibilizar a las fuerzas de seguridad en sistemas de abordaje pacífico de los conflictos, por lo que se recomienda la creación de una policía más colaborativa (de proximidad o comunitaria) que traiga paz a los barrios con sus habilidades.
9. Los procesos migratorios incentivan la rivalidad entre los pueblos vecinos y tomando en cuenta la existencia en el territorio nacional de diversas etnias y culturas, se considera necesario divulgar e incorporar el respeto a las diferencias, favoreciendo la convivencia pacífica, creando centros de atención de conflictos interculturales que lleve a estas comunidades, el respeto por los usos y costumbres propiciando el intercambio de las mismas sin imposición de un modelo en específico.
SEGURIDAD PÚBLICA, PREVENCIÓN DEL DELITO, READAPTACIÓN SOCIAL Y JUSTICIA INTEGRAL
DE ADOLESCENTES.
1. El sistema de justicia especializada en menores infractores de la ley, debe especializar a sus operadores, no sólo a jueces y ministerios públicos, sino también a una policía especializada que haga Mediación comunitaria.
2. La Mediación como método alternativo impuesto por disposición constitucional debe aplicarse con mayor premura en los casos de delitos perseguibles a querella de parte, para evitar el etiquetamiento del menor.
3. Debe resguardarse la identidad del menor a fin de que no sea identificado socialmente como delincuente, ya que la imputación generalizada y permanente conduce a la comisión del rol delincuencial y a una grave hostilidad contra la sociedad.
4. La Mediación en el contexto de los menores infractores debe procurar la restauración del daño sufrido por la víctima, incluyendo la reparación moral, pero deben tomarse los mismos resguardos que se exigen para el encuentro víctima-ofensor.
5. La Mediación con este tipo de infractores debería conducir a la admisión del hecho y del daño producido, para lograr la enmienda del menor pero también hacerlo responsable de sus actos de tal manera que, en lo posible se haga cargo directamente de la reparación del daño, independientemente de la obligación de quienes ejercen la patria potestad.
6. Si bien el comportamiento delictivo supone la disfunción de alguna de las tres instituciones socializadoras básicas: la familia, la escuela y la comunidad, tratándose de menores es conveniente aplicar la mediación no sólo con la víctima, sino también en la familia cuando se detecte que el delito es consecuencia de una disfunción familiar específica.
7. Es necesario llevar la Mediación al lugar del conflicto para ampliar su radio de aplicación y que sea oportuna, por lo que deben capacitarse como mediadores, no sólo a la policía y a los ministerios públicos especializados en menores infractores, sino también a los jueces calificadores de faltas administrativas.
8. Para que un sistema preventivo resulte eficiente, es necesario que opere con menores peligrosos, como en la vagancia y la mendicidad, como ejemplos, y también en los casos de prostitucion o alcoholismo, entendidas como conductas antisociales o predelictivas, ya que responden en muchos casos a conflictos interpersonales que pueden resolverse por vía de la Mediación.
9. Debe crearse un sistema de mediación entre pares en los centros para menores y preparar a los internos para la liberación resolviendo previamente los conflictos familiares a través de la Mediación.
MEDIACIÓN COMERCIAL
1. Es conveniente identificar los Centros públicos y privados que ofrecen la administración del sistema de Mediación comercial.
2. Debe crearse una red de centros administradores de Mediación comercial, diseñando un sistema de evaluación para identificar sus fortalezas y debilidades en la implementación de la Mediación comercial.
3. Para impulsar la Mediación deben diseñarse estrategias de difusión basadas en requerimientos reales de los agentes comerciales así como a las características propias de la región.
4. Se sugiere generar acciones, de ser posibles directas y personalizadas, explicando de manera clara y sencilla qué es la Mediación comercial; quién puede utilizarla; en qué momento es viable su uso; cómo es posible acceder a ella; qué tipo de cuestiones puede resolver y si puede aplicarse a todo problema en materia de comercio.
5. Debe diseñarse una estrategia común para difundir entre las empresas o agentes de comercio los métodos de solución de controversias, en especial a la Mediación comercial y realizar evaluaciones periódicas a los resultados.
6. Se sugiere diseñar un amplio plan de difusión de la Mediación comercial, accesible para la pequeña y mediana empresa, y realizar seguimiento.
7.- Es necesario evaluar el plan de capacitación del mediador comercial, de acuerdo a criterios consensuados previamente entre los miembros de la red, para identificar la actualidad de los contenidos, su relevancia y pertinencia con la realidad mexicana.
8. Se propone diseñar un plan de capacitación continua para los Mediadores comerciales, como requisito para mantenerse en los listados de mediadores de los centros administradores de la Mediación comercial
9.- Es indispensable diseñar criterios para evaluar a los mediadores comerciales interesados en formar parte de las listas de mediadores en los centros administradores del sistema.
1. El modelo integrador promueve el cambio de paradigma, de una justicia retributiva al de una justicia restaurativa, basándose en el hecho de que en la lucha contra el crimen, no debe dejarse de lado a la víctima del delito y a la comunidad donde éste se consuma, y además, debe darse al delincuente la oportunidad de responsabilizarse ante el pasivo del ilícito, tanto moral como económicamente.
2. Este modelo tiende a satisfacer expectativas sociales sobre la pacificación de las relaciones humanas pero abre además, otras expectativas, como es la búsqueda de soluciones conciliadoras de las diversas aristas del conflicto provocado por el delito, para lo cual flexibiliza el procedimiento mediante la desjudicialización, respondiendo a las expectativas de todas las partes involucradas ya que el delito es un conflicto interpersonal que puede ser resuelto con el auxilio de un tercero capacitado.
3. Como la Mediación tiende a ser una profesión, es pertinente que el juez reciba formación en mediación para legitimarse como perito de peritos.
4. Es pertinente que los jueces se convenzan de derivar casos a Mediación, cuando adviertan que en la vía judicial no tienen solución real, completa y permanente.
5. Se considera fundamental la coordinación entre jueces y centros de Mediación en sede judicial, como frente común de solución y prevención de los conflictos, en aras de la paz y del construccionismo social pacífico.
6. La administración de justicia se vuelve más eficaz y alcanza sus postulados constitucionales, cuando a través de la vía de apremio, se concreta a ejecutar los convenios de Mediación, en lugar de tramitar largos juicios de conocimiento o instrucción.
7. Es conveniente establecer, prever y regular la Mediación privada, como un método alternativo, complementario y auxiliar de la función jurisdiccional, en tanto que el conflicto es una asunto de salud e interés públicos.
FAMILIA
1. Es conveniente realizar entrevistas a los niños en los procesos de Mediación familiar, guando la debida confidencialidad, en el entendido de que si bien los niños deben ser escuchados sus pretensiones sólo deben ser admitidas cuando sean benéficas a sus intereses.
2. Se recomienda implementar en los centros de Mediación espacios de cuidado personal para los mediadores que trabajan en temas de familia, para beneficio de los mismos y de los mediados.
3. Es necesario que los mediadores familiares trabajen en forma interdisciplinaria y en contacto con las redes locales, especialmente en casos relacionadas con la violencia intrafamiliar.
4. Se considera imprescindible la capacitación especializada en violencia intrafamiliar para todos los mediadores familiares.
5. Se recomienda la capacitación en violencia intrafamiliar para todos los integrantes del Sistema Judicial que estén directamente relacionados con la atención de temas familiares.
6. Es necesario desarrollar una línea preventiva frente a la violencia intrafamiliar, que implique la sensibilización de toda la población, utilizando los medios masivos de comunicación.
7. La prevención de la violencia intrafamiliar debe ser una política pública.
ESCUELA
1. Es necesario diseñar un Plan estratégico que incorpore la cultura de la Mediación en la formación en valores, los planes curriculares y al servicio de acciones tendientes a prevenir el surgimiento de violencia escolar.
2. Se deben articular los contenidos de Mediación escolar a la currícula flexible del Programa Federal de Educación para potenciar el Programa de Escuelas de Calidad.
3. Se recomienda la inserción de temas relacionados con la Mediación y resolución de conflictos en los programas de formación de maestros.
4. Deben considerarse como protagonistas de los programas de Mediación escolar a las autoridades, a los docentes y adultos responsables de las instituciones, generando acciones específicas para su capacitación.
5. Los padres de familia, la comunidad y sus miembros son actores sociales de los programas y las acciones de Mediación.
6. Como el éxito de los programas de Mediación depende del modo en que se haya realizado su diseño, es menester partir de un diagnóstico participativo, porque sólo cuando la necesidad es percibida por los actores escolares, podrá desarrollarse el interés y compromiso sostenido para cubrirla, aumentando el compromiso con la participación en la toma de decisiones, generando responsabilidad en todos los que participaron en el diseño.
COMUNIDAD
1. La preocupante situación de violencia y las carencias que sufren las comunidades ha llevado a algunos de los gobiernos a reconocer en la Mediación la posibilidad de una aproximación diferente a los conflictos de la comunidad, como una política pública que debe ser imitada.
2. Los servicios de Mediación deben diferenciarse de los servicios administrativos, por lo que se recomienda que los servidores públicos con cargos de autoridad, como el Ministerio Público, o cualquier otra función dirigida a defender los intereses de una de las partes, como los defensores de oficio, no actúen como mediadores, sino que sean creados cuerpos de mediadores, debidamente capacitados.
3. Los mediadores comunitarios deben ser profesionales que perciban un pago y que actúen conjuntamente con pasantes y voluntarios con contrato de servicios específicos, para evitar las deserciones y las inversiones reiteradas en nuevas capacitaciones.
4. Para asegurar la continuidad de estos servicios se deberá legislar para reforzar y validar la voluntad política que los origina.
5. Con el objetivo de evitar interrupciones a la implementación de la Mediación, se deberán crear políticas y planes de divulgación que fortalezcan la presencia y la vigencia de la mediación en la comunidad como instrumento de autogestión, porque sólo así conseguiremos potenciar las capacidades de la población en la discusión y resolución de sus propios problemas.
6. Consideramos que deben funcionar simultáneamente mediadores para reforzar la participación de las comunidades y mediadores vecinales para actuar entre sus pares en la atención de conflictos. De esta manera estaríamos actuando en varios frentes a favor de la prevención de manifestaciones de violencia.
7. Consideramos necesario que sean implementados simultáneamente programas de Mediación en las escuelas, como forma de irradiar la filosofía de resolución pacifica de los conflictos a toda la comunidad.
8. Dado el alto grado de violencia policial, consideramos fundamental sensibilizar a las fuerzas de seguridad en sistemas de abordaje pacífico de los conflictos, por lo que se recomienda la creación de una policía más colaborativa (de proximidad o comunitaria) que traiga paz a los barrios con sus habilidades.
9. Los procesos migratorios incentivan la rivalidad entre los pueblos vecinos y tomando en cuenta la existencia en el territorio nacional de diversas etnias y culturas, se considera necesario divulgar e incorporar el respeto a las diferencias, favoreciendo la convivencia pacífica, creando centros de atención de conflictos interculturales que lleve a estas comunidades, el respeto por los usos y costumbres propiciando el intercambio de las mismas sin imposición de un modelo en específico.
SEGURIDAD PÚBLICA, PREVENCIÓN DEL DELITO, READAPTACIÓN SOCIAL Y JUSTICIA INTEGRAL
DE ADOLESCENTES.
1. El sistema de justicia especializada en menores infractores de la ley, debe especializar a sus operadores, no sólo a jueces y ministerios públicos, sino también a una policía especializada que haga Mediación comunitaria.
2. La Mediación como método alternativo impuesto por disposición constitucional debe aplicarse con mayor premura en los casos de delitos perseguibles a querella de parte, para evitar el etiquetamiento del menor.
3. Debe resguardarse la identidad del menor a fin de que no sea identificado socialmente como delincuente, ya que la imputación generalizada y permanente conduce a la comisión del rol delincuencial y a una grave hostilidad contra la sociedad.
4. La Mediación en el contexto de los menores infractores debe procurar la restauración del daño sufrido por la víctima, incluyendo la reparación moral, pero deben tomarse los mismos resguardos que se exigen para el encuentro víctima-ofensor.
5. La Mediación con este tipo de infractores debería conducir a la admisión del hecho y del daño producido, para lograr la enmienda del menor pero también hacerlo responsable de sus actos de tal manera que, en lo posible se haga cargo directamente de la reparación del daño, independientemente de la obligación de quienes ejercen la patria potestad.
6. Si bien el comportamiento delictivo supone la disfunción de alguna de las tres instituciones socializadoras básicas: la familia, la escuela y la comunidad, tratándose de menores es conveniente aplicar la mediación no sólo con la víctima, sino también en la familia cuando se detecte que el delito es consecuencia de una disfunción familiar específica.
7. Es necesario llevar la Mediación al lugar del conflicto para ampliar su radio de aplicación y que sea oportuna, por lo que deben capacitarse como mediadores, no sólo a la policía y a los ministerios públicos especializados en menores infractores, sino también a los jueces calificadores de faltas administrativas.
8. Para que un sistema preventivo resulte eficiente, es necesario que opere con menores peligrosos, como en la vagancia y la mendicidad, como ejemplos, y también en los casos de prostitucion o alcoholismo, entendidas como conductas antisociales o predelictivas, ya que responden en muchos casos a conflictos interpersonales que pueden resolverse por vía de la Mediación.
9. Debe crearse un sistema de mediación entre pares en los centros para menores y preparar a los internos para la liberación resolviendo previamente los conflictos familiares a través de la Mediación.
MEDIACIÓN COMERCIAL
1. Es conveniente identificar los Centros públicos y privados que ofrecen la administración del sistema de Mediación comercial.
2. Debe crearse una red de centros administradores de Mediación comercial, diseñando un sistema de evaluación para identificar sus fortalezas y debilidades en la implementación de la Mediación comercial.
3. Para impulsar la Mediación deben diseñarse estrategias de difusión basadas en requerimientos reales de los agentes comerciales así como a las características propias de la región.
4. Se sugiere generar acciones, de ser posibles directas y personalizadas, explicando de manera clara y sencilla qué es la Mediación comercial; quién puede utilizarla; en qué momento es viable su uso; cómo es posible acceder a ella; qué tipo de cuestiones puede resolver y si puede aplicarse a todo problema en materia de comercio.
5. Debe diseñarse una estrategia común para difundir entre las empresas o agentes de comercio los métodos de solución de controversias, en especial a la Mediación comercial y realizar evaluaciones periódicas a los resultados.
6. Se sugiere diseñar un amplio plan de difusión de la Mediación comercial, accesible para la pequeña y mediana empresa, y realizar seguimiento.
7.- Es necesario evaluar el plan de capacitación del mediador comercial, de acuerdo a criterios consensuados previamente entre los miembros de la red, para identificar la actualidad de los contenidos, su relevancia y pertinencia con la realidad mexicana.
8. Se propone diseñar un plan de capacitación continua para los Mediadores comerciales, como requisito para mantenerse en los listados de mediadores de los centros administradores de la Mediación comercial
9.- Es indispensable diseñar criterios para evaluar a los mediadores comerciales interesados en formar parte de las listas de mediadores en los centros administradores del sistema.
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