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DECLARATORIA DE TOLUCA SOBRE PACIFICACION SOCIAL Y VIOLENCIA - en el VII congreso Mundial de Mediación- Toluca 2011

CONSIDERANDO • Que los seres humanos tenemos el inalienable derecho de coexistir amónicamente. • Que es una legítima aspiración la existencia de condiciones objetivas para la pacificación de nuestras sociedades. • Que el desarrollo humano pleno solo es posible si hacemos realidad la seguridad humana y la seguridad ciudadana, • Que urge el diseño de estrategias que nos permitan transitar hacia una cultura de la paz y de la concordia; • Que las sociedades contemporáneas se encuentran atrapadas en la vorágine de la violencia. SE EMITE LA SIGUIENTE DECLARATORIA: 1. El respeto a la dignidad de las personas y de los derechos humanos, es indispensable para hacer realidad el desarrollo armónico de todas las cualidades del ser humano; 2. La paz es una cualidad ontológica de la persona  que sólo se manifiesta si nos comprometemos a alcanzarla; 3. Las relaciones interpersonales pacificas sólo son posibles si aprendemos a interactuar de manera distinta a co...

Conclusiones del VII congreso Mundial de Mediación- Toluca 2011

F O R O S: FORO DE FAMILIA El trabajo realizado en el Foro ha sido excelente, dada la intervención de los expertos y   de los numerosos participantes, se han seleccionado los siguientes temas: Síndrome de Alienación Parental (S.A.P.) • Una de las preocupaciones presentadas ha sido el impedimento que sufren  algunos padres de contactar con sus hijos después de un divorcio. El trabajo  realizado por Ignacio Bolaños Cartujo, puede dar una solución a partir de la mediación para el abordaje de estas situaciones. Mediación familiar y conciliación familiar • Es necesario diferenciar ambas instituciones, y concretar los espacios de   aplicación de cada una de ellas. Violencia en el noviazgo. • Cada vez crece más la necesidad de abordad los conflictos de pareja desde el noviazgo derivado del ambiente de violencia que se vive en nuestras culturas. • Un factor desencadenante de las interacciones violentas en la relación de noviazgo pueden ...

Hoy se inicia conciliación obligatoria en Cajamarca

Hoy jueves  tres del mes de noviembre de 2011, comienza a regir la conciliación obligatoria en el distrito conciliatorio de la provincia Cajamarca , cabe  precisar  que la  conciliación  extrajudicial esta  regulada  por Ley Nº 26872- Ley de Conciliación Extrajudicial, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1070, Reglamento- Decreto Supremo Nº 014-2008-JUS y su modificatoria, Decreto Supremo Nº 006-2010-JUS.  A partir de hoy en los doce  distritos de la provincia de  Cajamarca; Cajamarca,  Asunción , Chetilla, Cospan, Encañada,  Jesús , LLaconara,  Baños del Inca,  Magdalena,  Matara, Namora y   San  Juan ,  es  obligatoria  la  conciliación  extrajudicial, lo  que  determina   que  toda  persona  natural, jurídica o patrimonio  autónomo  al   surgimiento de  un conflicto   antes de iniciar un proceso ju...

REPORTE DE REUNIONES CON MÚLTIPLES ACTORES EN PERÚ: SECTOR EXTRACTIVO-ENERGÉTICO Y SOCIEDAD CIVIL SOBRE CONFLICTOS SOCIALES, PRÁCTICAS ACTUALES Y CAPACIDADES ORGANIZACIONALES DE NEGOCIACION E INVOLUCRAMIENTO CON MÚLTIPLES ACTORES

En julio y agosto del  2011, el Consensus Building Institute  y ORASI Consulting Group sostuvieron varias reuniones y realizaron múltiples entrevistas a diversos actores en Lima, Perú con el propósito de lograr un mejor entendimiento sobre las perspectivas de dichos actores sobre la situación actual del Perú respecto a la gran inversión en recursos naturales, significativo crecimiento económico y conflictividad social. El propósito particular ha sido conocer cuál es la percepción de los diversos actores sobre la manera como las empresas  y organizaciones vinculadas a  proyectos de inversión en recursos naturales (extractivo-minero-energéticas) se organizan, estructuran, procesan e interactúan internamente cuando abordan negociaciones y relaciones con comunidades locales en las áreas de influencia de sus proyectos, así como la manera como abordan y gestionan dificultades, tensiones y situaciones de conflictividad con co...

Hoy se inicia conciliación obligatoria en Chiclayo

Hoy martes cuatro de octubre de 2011, comienza a regir la conciliación obligatoria en el distrito conciliatorio de  Chiclayo, es decir,  en  la provincia de  Chiclayo, cabe  precisar  que la  conciliación  extrajudicial esta  regulada  por Ley Nº 26872- Ley de Conciliación Extrajudicial, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1070, Reglamento- Decreto Supremo Nº 014-2008-JUS y su modificatoria, Decreto Supremo Nº 006-2010-JUS.  A partir de hoy en los veinte  distritos de la provincia de  Chiclayo: Chiclayo, Cayalti, Chongoyape, Etén, Puerto Etén, José Leonardo Ortiz, La Victoria, Lagunas, Monsefu,   Zaña, Nueva Arica, Oyotún, Patapo, Picsi, Pimentel, Pomalca, Pucalá, Reque, Santa Rosa  y Tumán, es  obligatoria  la  conciliación  extrajudicial, lo  que  determina   que  toda  persona  natural, jurídica o patrimonio  autónomo  al ...

Mensaje del Secretario General de las Naciones Unidas por el día internacional de la no violencia

Observamos este año el Día Internacional de la No Violencia en un mundo que ha experimentado cambios dramáticos desde nuestra última conmemoración. El factor que impulsó vigorosamente esa ola de cambio —que comenzó en Túnez y se fue extendiendo por el África Septentrional, el Oriente Medio y otras partes— fue, ni más ni menos, una pugna no violenta en pro de la democracia y los derechos humanos. Las personas —entre ellas muchos jóvenes— que fueron líderes, alma y corazón de esos movimientos, derrocaron a gobiernos de larga data, invalidaron categóricamente a los partidarios de la violencia e inspiraron a otros pueblos oprimidos para que pensaran que también ellos podían seguir la senda de la no violencia. Corren grandes peligros quienes enfrentan las armas de la represión armados solamente con la convicción de que la razón está de su parte. Pero los valientes que creen en la no violencia y actúan ateniéndose a sus normas ponen a sus opresores en un difícil dilema: reprimir con mayor ...

DECRETO 1467 -2011- Reglamento de la Ley de Mediación Nº 26.589 - Argentina

DECRETO 1467 -2011 Emisor:  Poder Ejecutivo Nacional Fecha B.O.:  28-sep-2011 Cita:  LEG39495 Visto el Expediente Nº 199.233/10 del registro del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº 26.589 , y CONSIDERANDO: Que la Ley mencionada establece de manera definitiva la mediación como procedimiento de resolución de conflictos obligatorio previo a la instancia judicial, dentro de los límites que aquélla enuncia. Que la experiencia de estos años ha demostrado la importancia de contar con este instituto para fortalecer las acciones tendientes a lograr el acceso a la justicia de la población y especialmente de aquellos sectores más postergados. Que es razonable recoger aquellas normas que, dictadas dentro del régimen de la Ley Nº 24.573 , conservan su eficacia bajo el régimen que instaura la nueva ley en la materia, sin perjuicio de incorporar otras que sean consecuencia de las particularidad...