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REQUISITOS PARA LA CREACIÓN DE UN CENTRO DE CONCILIACIÓN EN EL PERU

Los    requisitos    para     crear un    Centro de Conciliación    en Perú    están    contemplados en    el    articulo 47 del Decreto Supremo Nº   014-2008-JUS y    son los    siguientes:     1.       CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN REGISTROS PÚBLICOS O DOCUMENTO EN EL QUE CONSTE    LA CREACIÓN DE   LA PERSONA JURÍDICA    DE DERECHO PÚBLICO O PRIVADA     SIN    FINES DE LUCRO , en    copia autenticada por el fedatario del Ministerio de Justicia o legalizada por Notario Público.    2.        ESTATUTO O DOCUMENTO DE  LA PERSONA JURÍDICA     que contenga entre sus fines el ejercicio de la FUNCION CONCILIADORA , en    copia autenticada por el fedatario del Ministerio de Justicia  o legalizada por Notario Público   3.          ACTA DE ASAMBLEA DE ASOCIADOS  o el documento de similar rango  (    en Copia autenticada por el fedatario del MINJUS o legalizada por Notario Público),    en el  CONSTEN LOS SIGUIENTES ACUERDOS  :    Constitución del Centro de Conciliación, en la deberá adoptarse la ...

CONVOCATORIA PARA LA INSCRIPCIÓN EN LA NOMINA DE ARBITROS DEL CENTRO DE ARBITRAJE POPULAR ¨ ARBITRA PERÚ ¨ DEL MINISTERIO DE JUSTICIA

Los profesionales interesados en formar parte de la Nómina de Árbitros del Centro de Arbitraje Popular ¨ ARBITRA PERÚ ¨ del Ministerio de Justicia, deberán cumplir con remitir la Solicitud de Inscripción al Ministerio de Justicia y cumplir con los requisitos establecidos en el estatuto ¨ ARBITRA PERÚ ¨ aprobado por Resolución Ministerial Nº 0639-2008-JUS. - Solicitud de inscripción en el Registro de Árbitros

ARBITRAJE POPULAR, NUEVO MECANISMO DE SOLUCION DE CONFLICTO EN PERU

En junio de 2008 mediante Decreto Legislativo Nº 1071 se declaro de interés nacional el acceso al Arbitraje para la solución de controversias de todos lo ciudadanos, para tales efectos el Ministerio de Justicia quedaba encargado de la creación y promoción de mecanismos que incentiven el desarrollo del arbitraje en favor de todos los sectores, programas que serán conducidos por el Ministerio de Justicia.   Posteriormente en noviembre de 2008 mediante Decreto Supremo Nº 016-2008-JUS el Ministerio de Justicia en cumplimiento del Decreto Legislativo 1071, crea el Programa de arbitraje popular.  Tiene por objeto implementar acciones para la promoción, divulgación, capacitación y uso del arbitraje popular como medio de solución de conflicto.  El arbitraje es de derecho y de conciencia .  Es administrado por una institución publica y privada.  Constituyen materias arbitrales las derivadas del derecho de propiedad, posesión de los derechos y obligaciones contractuales, responsabilidad extra...

SANCIONES EN PERU POR NO ASISTIR A UNA AUDIENCIA DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL

  El nuevo   procedimiento de conciliación   extrajudicial   peruano,   trae una    serie de   innovaciones,   así a partir del 28 de   agosto del   año   2008   en el Perú   la    instancia   conciliatoria   en determinados    asuntos civiles y comerciales, se   transformo   en obligatoria   ( con acepción de materias de índole   familiar donde   se mantiene la estructura antigua, pues continúan facultativa), imponiendo   una serie de sanciones de   tipo    valorativas   y   pecuniaria a sus   actores   principales:   los solicitantes e invitados ante su   ausencia   a la   audiencia de conciliación extrajudicial. Las   sanciones a    que   se hace acreedora una persona    por   no    concurrir   a   una   audiencia de conciliación   extrajudicial   son las siguientes: 1.                   Imposibilidad de instaurar un proceso   judicial. 2.                   Imposibilidad de reconvenir. 3.                   Presunción   legal   relativa de   verdad de los   hechos expuest...