En junio de 2008 mediante Decreto Legislativo Nº 1071 se declaro de interés nacional el acceso al Arbitraje para la solución de controversias de todos lo ciudadanos, para tales efectos el Ministerio de Justicia quedaba encargado de la creación y promoción de mecanismos que incentiven el desarrollo del arbitraje en favor de todos los sectores, programas que serán conducidos por el Ministerio de Justicia.
Posteriormente en noviembre de 2008 mediante Decreto Supremo Nº 016-2008-JUS el Ministerio de Justicia en cumplimiento del Decreto Legislativo 1071, crea el Programa de arbitraje popular.
- Tiene por objeto implementar acciones para la promoción, divulgación, capacitación y uso del arbitraje popular como medio de solución de conflicto.
- El arbitraje es de derecho y de conciencia .
- Es administrado por una institución publica y privada.
- Constituyen materias arbitrales las derivadas del derecho de propiedad, posesión de los derechos y obligaciones contractuales, responsabilidad extra contractual, y toda clase de controversias de libre disposición de las partes que no sean superiores a 20 UIT.
- DECRETO LEGISLATIVO 1071
- DECRETO SUPREMO 016-2008-JUS
- Tabla de Aranceles
- Solicitud de inscripción en el Registro de Árbitros
- Estatuto y Reglamento del Centro de Arbitraje Popular
- Resolución Ministerial Nº 0639-2008-JUS. Aprobación del Estatuto y Reglamento Arbitral del Centro de Arbitraje Popular del MinJus
- Formularios tipo de Arbitraje Popular
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