Hoy miércoles doce
del mes de diciembre de 2012, comienza a regir la
conciliación extrajudicial con carácter obligatoria en
el distrito conciliatorio de la provincia de Tacna, departamento de
Tacna, cabe precisar que la conciliación
extrajudicial esta regulada por Ley Nº 26872- Ley de Conciliación
Extrajudicial, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1070, Reglamento-
Decreto Supremo Nº 014-2008-JUS y su modificatoria, Decreto Supremo Nº
006-2010-JUS.
A partir de hoy, en los diez distritos de la
provincia de Tacna: Tacna, Alto de la Alianza, Calana, Ciudad Nueva, Coronel Gregorio Albarracín
Lanchipa, Inclán, Pachía, Palca,
Pocollay y Sama, es obligatoria
la conciliación extrajudicial, lo que determina que toda
persona natural, jurídica o patrimonio autónomo
al surgimiento de un conflicto, antes de iniciar un
proceso judicial, en materia civil y comercial,
tiene la obligación de intentar solucionar su conflicto
ante un Centro de Conciliación debidamente autorizado
por el Ministerio de Justicia y de llegar a un acuerdo se
evita un proceso judicial y gastos
innecesarios de dinero y tiempo.
El solicitante, que luego pasa a
ser demandante en sede judicial, de no iniciar o no asistir a
la audiencia de conciliación ante un Centro de Conciliación
será sancionado, con la declaración de improcedencia de su
demanda por falta de interés para obrar.
El invitado, que luego pasa a
ser demandado en sede judicial, en caso de no asistir a
la audiencia de conciliación será sancionado de la
siguiente manera:
- Imposibilidad de reconvenir.
- Presunción legal relativa de verdad de los hechos expuestos en el acta de conciliación extrajudicial.
- Multa de 2 a 10 URP.
Cabe precisar que de
lograrse un acuerdo, el Centro de
conciliación expide un acta de conciliación por acuerdo
total, que tiene la calidad de titulo ejecutivo, con lo cual
se pone fin al conflicto y se evita un proceso
judicial y en caso de incumplirse el acuerdo, se
recurre al Juez únicamente para ejecutar el acuerdo.
Asimismo la conciliación
también puede utilizarse para evitar la sentencia dentro de un proceso
judicial, ya que los litigantes
pueden acudir a un Centro de Conciliación
para ponerse de acuerdo y posteriormente presentar el acta
del acuerdo al Juez del proceso judicial, quien
declarará concluido el proceso judicial, con la
calidad de cosa juzgada.
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