Ir al contenido principal

¿ Se pude acordar alimentos en un Centro de Conciliación, para un hijo nacido fuera del matrimonio y no reconocido ?



No  se puede  acordar  en un Centro de  Conciliación   alimentos para un hijo  nacido fuera del matrimonio,  por  que  no  esta   suficientemente acreditado  el vinculo entre  padre  o  madre y el  hijo.
Los  hijos  nacidos  fuera del matrimonio, deben ser  reconocidos por el padre y  la  madre , lo  cual  se materializa con la    firma  del padre y madre en la  partida de  nacimiento  de su hijo.

Comentarios

Entradas populares de este blog

28 años de Conciliación en el Perú: El legado del Pacto que nació en Limamarc

LOS MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCION DE CONFLICTOS ( M.A. S. C. )

OPINIÓN DE OSCE SOBRE RESOLUCIÓN DE CONTRATO Y CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL

LA NEGOCIACION

ETAPAS DE LA CONCILIACION