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Ley Nº 29876, que modifica el articulo 9 de la Ley de Conciliación 26872, sobre inexigibilidad de la conciliación extrajudicial en materia de alimentos, tenencia y régimen de visitas.

  Ley Nº 29876 LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 9  DE LA LEY 26872, LEY DE CONCILIACIÓN,   SOBRE LA INEXIGIBILIDAD  DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Artículo único. Objeto de la Ley Modifícase el artículo 9 de la Ley 26872, Ley de Conciliación, modificado por el Decreto Legislativo 1070, en los siguientes términos: “Artículo 9.- Inexigibilidad de la conciliación  extrajudicial Para efectos de la calificación de la demanda judicial, no es exigible la conciliación extrajudicial en los  siguientes casos: a) En los procesos de ejecución. b) En los procesos de tercería. c) En los procesos de prescripción adquisitiva de dominio. d) En el retracto. e) Cuando se trate de convocatoria a asamblea general de socios o asociados. f) En los procesos de impugnación judicial de  acuerdos de junta general de accionistas señalados en el artículo 139 de la Ley General de Sociedades, así como en los procesos de acción  de nulidad pre...

LA DISPONIBILIDAD EN MATERIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL DEBE ENTENDERSE COMO LA APTITUD, VOCACIÓN, O PROSPECCIÓN A LA TRANSMISIBILIDAD

  CASACIÓN  N° 3014  - 2010 - LIMA. Lima, veintisiete de junio del año dos mil once LA SALA CIVIL TRANSITORIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA , vista la causa número tres mil catorce guión dos mil diez en Audiencia Pública de la fecha y producida la votación correspondiente, emite la presente sentencia: MATERIA DEL RECURSO.- Se trata del recurso de casación interpuesto a fojas cuatrocientos ochenta y siete del expediente principal, por Francis Elizabeth Loza Frías, contra la resolución de vista de fojas cuatrocientos setenta y cinco del citado expediente, su fecha veinte de mayo del año dos mil diez, expedida por la Primera Sala Civil con Subespecialidad Comercial de Lima, que confirmó la resolución apelada de fojas trescientos noventa del mencionado expediente, su fecha diecinueve de agosto del año dos mil nueve, que declaró nulo todo lo actuado y rechazó la demanda. FUNDAMENTOS DEL RECURSO.- Esta Sala Suprema, mediante r...

Sepa en que ciudades del Perú, es obligatoria la conciliación extrajudicial

  1. DISTRITO CONCILIATORIO DE LIMA.- El distrito conciliatorio de Lima constituye el distrito conciliatorio más extenso del Perú, y está conformado por la Provincia de Lima y por la Provincia Constitucional del Callao. PROVINCIA DE LIMA La provincia de Lima está constituida por cuarenta y tres distritos: 1. Cercado de  Lima 2. Ancón 3. Ate 4. Barranco 5. Breña 6. Carabayllo 7. Chaclacayo 8. Chorrillos 9. Cieneguilla 10. Comas 11. El Agustino 12. Independencia 13. Jesús María 14. La Molina 15. La Victoria 16. Lince 17. Los Olivos 18. Lurigancho-Chosica 19. Lurin 20. Magdalena del Mar 21. Pueblo Libre 22. Miraflores 23. Pachacámac 24. Pucusana 25. Puente Piedra 26. Punta Hermosa 27. Punta Negra 28. Rímac 29. San Bartolo 30. San Borja 31. San Isidro 32. San Juan de Lurigancho 33. San Juan de Miraflores 34. San Luis 35. San Martín de Porres 36. San Miguel 37. Santa Anita 38. Santa María del Mar 39. Santa Rosa 40. Santiago de Surco 41. Surquillo 42. Villa El Salvador 43...