Limamarc en cumplimiento de sus fines,
presenta 17 propuestas generales para mejorar la eficacia del sistema
conciliatorio peruano.
2. Institucionalizar la conciliación a nivel
constitucional, como un medio de solución de conflictos.
3. Creación del Ministerio de Solución de
Conflictos que englobe a la negociación, mediación, conciliación, arbitraje.
4. Creación del Colegio de Conciliadores del
Perú, como una persona jurídica de derecho público.
5. Designación de la máxima autoridad
administrativa de la conciliación en el Perú, por elecciones libres entre los
conciliadores más destacados y colegiados ante el Colegio de Conciliadores del
Perú.
6. Ampliación
del uso de la conciliación a todos los ámbitos de la vida humana.
7. Eliminación
de la conciliación como un requisito de procedibilidad de la demanda.
8. Establecer la conciliación como un medio de
solución de conflictos.
9. Unificar el valor jurídico
del acta de conciliación por acuerdo total, como título ejecutivo.
10. Aplicación de la conciliación a todo el
territorio peruano.
11. Modernización del sistema de formación de
conciliadores, para tal efecto se propone lo
siguiente:
·
Establecer la libre competencia de Centros de Formación de
Conciliadores.
·
Constitución de Centros de
Formación de Conciliadores como
sociedades anónimas.
· Eliminación
de todo aquello que vaya en contra de la libre competencia entre los Centros de
Formación de Conciliadores, debiendo
eliminarse lo siguiente:
·
La Resolución de autorización del curso de Formación de
Conciliadores.
·
Manual de
capacitación.
·
Modelo de examen escrito.
·
Modelo de hoja de Registro.
·
Opinión de la Escuela Nacional de Conciliación Extrajudicial, para la
calificación de cualquier requisito establecido para la autorización de funcionamiento de Centros de
Formación de Conciliadores.
12. Establecer procesos de control de calidad
para los procedimientos conciliatorios que prestan los Centros de conciliación.
13. Establecer criterios de
competitividad para los Centros de Conciliación y Centros de Formación de
Conciliadores.
14. Ejecución de las actas de
conciliación por acuerdo total, a través los Centros de Conciliación, a fin de
darle una mayor celeridad a la ejecución de los acuerdos conciliatorios.
15. Inscribir derechos en los Registros Públicos,
en virtud de copias certificadas de actas de conciliación extrajudicial por
acuerdo total.
16. Establecer las invitaciones
para conciliar vía correo electrónico.
17. Incorporar en la educación
primaria cursos de negociación, conciliación y arbitraje.