Ir al contenido principal

PROPUESTAS GENERALES PARA MEJORAR EL SISTEMA CONCILIATORIO PERUANO


Limamarc en cumplimiento de sus fines, presenta 17 propuestas generales para mejorar la eficacia del sistema conciliatorio peruano.

 1.  Promover a la conciliación extrajudicial como un medio de solución de conflictos a nivel nacional.

2.  Institucionalizar la conciliación a nivel constitucional, como un medio de solución de conflictos.

3.   Creación del Ministerio de Solución de Conflictos que englobe a la negociación, mediación, conciliación, arbitraje.

4.  Creación del Colegio de Conciliadores del Perú, como una persona jurídica de derecho público.

5.   Designación de la máxima autoridad administrativa de la conciliación en el Perú, por elecciones libres entre los conciliadores más destacados y colegiados ante el Colegio de Conciliadores del Perú.

6.   Ampliación del uso de la conciliación a todos los ámbitos de la vida humana.

7.   Eliminación de la conciliación como un requisito de procedibilidad de la demanda.

8.   Establecer la conciliación como un medio de solución de conflictos.

9.   Unificar el valor  jurídico  del acta de  conciliación por  acuerdo total,  como título ejecutivo.

10.  Aplicación de la conciliación a todo el territorio peruano.

11.  Modernización del sistema de formación de conciliadores, para tal efecto se propone lo  siguiente:

         ·    Establecer la libre competencia de Centros de Formación de Conciliadores.

          ·  Constitución de  Centros de Formación de   Conciliadores  como    sociedades  anónimas.

         ·   Eliminación de todo aquello que vaya en contra de la libre competencia entre los Centros de Formación de   Conciliadores, debiendo eliminarse lo siguiente:

       ·     La Resolución de  autorización del curso de Formación de Conciliadores.

        ·     Manual  de  capacitación.

        ·   Modelo de  examen  escrito.

        ·   Modelo de  hoja de Registro.

         .   Capacitadores principales, especializados y en módulo de  conceptos  legales  básicos.

         ·   Opinión de la Escuela Nacional de Conciliación  Extrajudicial, para  la  calificación de   cualquier  requisito establecido para  la autorización de  funcionamiento de  Centros de  Formación de   Conciliadores.

12.   Establecer procesos de control de calidad para los procedimientos conciliatorios que prestan los Centros de conciliación.

13. Establecer  criterios de  competitividad para los Centros de Conciliación y Centros de  Formación de  Conciliadores.

14. Ejecución de las actas de conciliación por acuerdo total, a través los Centros de Conciliación, a fin de darle una mayor celeridad a la ejecución de los acuerdos conciliatorios.

15.  Inscribir derechos en los Registros Públicos, en virtud de copias certificadas de actas de conciliación extrajudicial por acuerdo total.

16. Establecer las invitaciones para conciliar vía correo electrónico.

17. Incorporar en la educación primaria cursos de negociación, conciliación y arbitraje.

Entradas populares de este blog

TECNICAS DE LA COMUNICACIÓN APLICADAS A LA CONCILACION

OPINIÓN DE OSCE SOBRE RESOLUCIÓN DE CONTRATO Y CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL

ETAPAS DE LA CONCILIACION

VALOR JURÍDICO DEL ACTA DE CONCILIACIÓN POR ACUERDO TOTAL EN EL PERU

DIRECTIVA N° 001 - 2013- JUS, LINEAMIENTOS PARA UN ADECUADO Y UNIFORME DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO