1. DISTRITO CONCILIATORIO DE TRUJILLO. La Conciliación Extrajudicial, es obligatoria en el Distrito Conciliatorio de Trujillo, a partir del día dos ( 02) del mes de noviembre del año 2000, así lo estableció el Decreto Supremo N° 007-2000-JUS. El Distrito Conciliatorio de Trujillo, está compuesto únicamente por la Provincia de Trujillo, del departamento de La Libertad, excluyéndose a las demás provincias del departamento de La Libertad. La competencia del Distrito Conciliatorio de Trujillo, se extiende a los once (11) distritos, de la Provincia de Trujillo, que se detallan a continuación: Trujillo El Porvenir Florencia de Mora Huanchaco La Esperanza Laredo Moche Poroto Salaverry Simbal Víctor Larco Herrera 2. DISTRITO CONCILIATORIO DE AREQUIPA La Conciliación Extrajudicial, es obligatoria en el Distrito Conciliatorio de Arequipa, a partir del día dos ( 0