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INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS EN EL PROCESO DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL

DEFINICIÓN DE INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS.- La indemnización de daños y perjuicios tiene como función resarcir y reparar al afectado con un hecho dañoso y esta orientado a que el afectado con el hecho dañoso recobre la situación que tenia antes de la producción del daño, otorgándole a la victima una suma de dinero necesaria para colocarlo en el estado que se encontraba antes del daño. CONTENIDO DE LA INDEMNIZACION 1.- DAÑO PATRIMONIAL. ·       DAÑO EMERGENTE Es el empobrecimiento en el patrimonio de la victima. ·       LUCRO CESANTE Comprende todo aquello que ha dejado de ganar la victima a causa del acto dañoso. 2.- DAÑO EXTRA PATRIMONIAL. .    DAÑO SOMÁTICO. Es el daño a la estructura del cuerpo humano. ·       DAÑO PSICOLOGÍA. Es el daño a la Psiquis. ·       DAÑO A LA LIBERTAD. Es el daño al proyecto de vida de la victima. ·...

DIA INTERNACIONAL DE LA RESOLUCION DE CONFLICTO - 18 DE OCTUBRE-

Celebremos juntos el dia internacional de la resolucion de conflicto este 18 de octubre, para lo cual LIMAMARC ha preparado una serie de actividades con la finalidad de difundir este acontecimiento internacional, el cual ponemos a su disposicion: PROGRAMA DE CELEBRACION DEL DIA INTERNACIONAL DE LA RESOLUCION DE CONFLICTO 1.- SEMANA DE LA SOLUCION DE CONFLICTOS VIA CONCILIACION EXTRAJUDICIAL del 15 al 19 de octubre de 2007 con 50% de descuento en todos los procesos de conciliación extrajudicial ingresados en esa semana. 2.- CAMPAÑA DE DIAGNOSTICO DE CONFLICTOS SOLUCIONABLES VIA CONCILIACION EXTRAJUDICIAL VIA INTERNET del 15 al 19 de octubre de 2007. Los interesados que desean conocer si sus conflictos se pueden solucionar mediante conciliación extrajudicial pueden enviar sus conflictos al Email: limamarc@speedy.com.pe , nuestro equipo le contestara gustosamente. 3.- SEMINARIOS DE SOLUCION DE CONFLICTOS del 15 al 19 de octubre de 2007, con 50% de descuento. DIA ....................

ENTREVISTA A ALBERTO ELISAVETSKY, A PROPOSITO DEL CENTRO VIRTUAL DE RESOLUCION DE CONFLICTOS

¿ QUE SON LAS ODR ? Las on line dispute resolution, tambien llamadas resolucion electronica de disputas, o resolucion de controversias en linea, son desarrollos que permiten resolver o transformar conflictos de diversa indole, utilizando como parte del proceso a las nuevas tecnologias de informacion & comunicacion. ¿CUAL ES LA FILOSOFIA DE LAS ODR? La misma que la de las ADR solo que en vez de ser tres partes, por ejemlo: mediados & mediador, se incorpora una cuarta parte, la tecnologia para facilitar el proceso. ¿ CUALES SON LAS PRINCIPALES VENTAJAS DE LAS ODR, EN RELACION AL SISTEMA TRADICIONAL DE SOLUCION DE CONFLICTOS? Ahorra tiempo a las partes,abogados, neutrales & mediadores Reduce notablemente los costos, todas las acciones se realizan en linea. Permite contar con asesoria directa mientras se esta en una "reunion virtual" Permiter participar a varias personas"asincronismo temporal" Permite elegir un amplio abanico de profesionales y neutrales ...
SEMINARIOS DE DERECHO CIVIL Y PROCESAL CIVIL ANTICRESIS Y SU CONNOTACIÓN EN LA DOCTRINA EXPOSITOR: NERY URQUIA BEDRIÑANA Abogada, Especialista Legal de la Corte Superior de Justicia de Lima, Especialista en Arbitraje Nacional, Egresada de la Maestría en Derecho Civil y Comercial de la Universidad Nacional Federico Villarreal, nominada como Juez Suplente del Distrito Judicial de Lima Norte. DIA: 5 DE SETIEMBRE DE 2007 HORA: 7 PM POSESIÓN- CLASES Y SUS EFECTOS EXPOSITOR: FLOR DE MARIA ESPERANZA RAMIREZ RIVEROS Abogada, Especialista en Arbitraje Nacional, Especialista en Función Jurisdiccional, Especialista en Derecho Penal y Derecho Penitenciario, Conciliadora y Nominada como Juez de Paz Letrado del Distrito Judicial de Lima Norte. DIA: 5 DE SETIEMBRE DE 2007 HORA: 8 PM DESALOJO EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO PERUANO EXPOSITOR: PABLO DAVID HUAMBACHANO NAVARRO Juez del 49° Juzgado Civil de Lima DIA: 6 DE SETIEMBRE DE 2007 HORA: 7 PM PRINCIPIOS DEL DERECHO REGISTRAL EN EL CODIGO CIVIL PERUAN...

QUE ATRIBUCIONES POSEE UN MEDIADOR?

AUTORA: PAOLA AEDO PERALTA- SERVICIOS DE MEDIACION- CHILE Para hablar de las atribuciones con las que cuenta un Mediador, se debe señalar primeramente que no actua como Juez, ni como examinador oral u arbitro, en consecuencia no tiene poder legal como para pronunciar sentencia y tampoco cumple el rol de Abogado de una de las partes en conflicto, ni actúa a favor de una de ellas en particular. Por el contrario el Mediador es un tercero neutral que ayuda a las partes en disputa a exponer y verbalizar sus problemas, en un ambiente extrajudicial, que garantice comodidad y reserva y con posibilidades de homologar los acuerdos logrados, en el Tribunal previo consentimiento o solicitud de las partes.

HABILIDADES DEL CONCILIADOR EXTRAJUDICIAL

Un conciliador requiere de ciertas habilidades que le van ha permitir una mayor eficacia al momento de asistir a las partes a encontrar la solución que se acerque lo mas posible a las necesidades reales de cada una de las partes conciliantes. Willian Simkin enumera las siguiente: 1.- La paciencia de Job 2.- La sinceridad y tenacidad de los Ingleses. 3.- El talendo de los irlandeses. 4.- La resistencia física de los corredores de maraton 5.- La habilidad para esquivar al contrario de un jugador de fútbol Americano. 6.- La astucia de Maquiavelo. 7.- La técnica para sondear la personalidad de un buen psiquiatra. 8.- La capacidad de guardar secretos de un mudo. 9.- La piel de un rinoceronte. 10.- La sabiduría de salomon. Por nuestra parte podemos agregar las siguientes: Imparcialidad, Imaginación, Inventor de soluciones Respeto a la libertad de las partes, Saber Escuchar y comprender, Poseer el arte de preguntar, Persuasión, Empatia, Buen comunicador, Capaz de identificar y separar las cu...